REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SUPERIOR CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO

San Juan de los Morros, dos (02) de noviembre de dos mil veintiuno (2021)
211º y 162º

Visto que en fecha treinta (30) de septiembre de dos mil veintiuno (2021), este Juzgado celebró Audiencia Preliminar en el recurso contencioso administrativo funcionarial interpuesto conjuntamente con acción de amparo cautelar y subsidiariamente con medida cautelar de suspensión de efectos por el ciudadano MUÑOZ MEJÍAS RAFAEL ENRIQUE (Cédula de Identidad Nº 8.789.823), entonces asistido de abogado, contra la GOBERNACIÓN DEL ESTADO BOLIVARIANO DE GUARICO, (POLICÍA DEL ESTADO BOLIVARIANO DE GUÁRICO), y en la referida audiencia el órgano querellado solicitó la apertura del lapso probatorio, razón por la cual, este Juzgado, ordena practicar cómputo por Secretaría, desde la apertura del referido o lapso hasta la finalización del lapso de oposición, transcurridos desde el once (11) de octubre de dos mil veintiuno (2021) inclusive.
El Juez,


Abog. RAFAEL A. DELCE ZABALA
La Secretaria.



Abog. ROSA V. RIVERA OCHOA




Exp. JP41-G-2021-000011
RADZ/RVRO/dnbg