REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SUPERIOR CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO

San Juan de los Morros, ocho (08) de noviembre de dos mil veintiuno (2021)
211º y 162º

De la revisión de las actas que conforman el presente asunto, se evidencia, que en fecha veinticinco (25) de Marzo de dos mil veintiuno (2021), este Juzgado abrió la causa a pruebas en la Demanda, interpuesta por el ciudadano Carlos Alberto CASTILLO BETANCOURT (INPREABOGADO Nº 49.497), actuando en su carácter de PROCURADOR DEL ESTADO BOLIVARIANO DE GUÁRICO, contra el ciudadano Itmer José RAMÍREZ RONDÓN (CÉDULA DE IDENTIDAD Nº 9.890.745), representante legal de la ASOCIACIÓN COOPERATIVA INVERSIONES ITFRAN; por lo cual ambas partes presentaron sus escritos de promoción de pruebas, y seguidamente en fecha veinticuatro (24) de abril de dos mil diecinueve (2019), este Juzgado se pronuncio sobre la admisión de las mismas, ordenando realizar las respectivas notificaciones a las partes, momento en el cual la causa quedó paralizada. Ahora bien, en virtud de la diligencia presentada en fecha primero (01) de noviembre de dos mil veintiuno (2021), por la abogada Lebrasca CEDEÑO DURAN (INPREABOGADO Nº 107.889), en su carácter de co-apoderada de la parte demandante, mediante la cual solicitó la continuidad del presente procedimiento, este Tribunal REAUNUDA la causa al estado en que se encuentra, siendo este el lapso de evacuación de las pruebas, a tales efectos se ordena la notificación de las partes y una vez consten en autos las mismas, se dará apertura al referido lapso.
El Juez,




Abog. RAFAEL A. DELCE ZABALA
La Secretaria.







Abog. ROSA V. RIVERA OCHOA





Exp. Nº JP41-G-2018-000020
RADZ/RVRO/leay