REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SUPERIOR CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO

San Juan de los Morros, cuatro (04) de abril de dos mil veintidós (2022)
211º y 163º

Visto que en fecha veintinueve (29) de Marzo del año dos mil veintidós (2022), se recibió ante la Unidad de Recepción y Distribución de Documento (URDD) de este Órgano Jurisdiccional, escrito contentivo del Recurso de Abstención o Carencia, interpuesto por el ciudadano SERGIO RAFAEL GIL GARCÍA (Cédula de Identidad Nº 10.061.377), debidamente asistido por el Abogado Josué Tovar UZCANGA (INPREABOGADO Nº 230.585), contra la DIRECCIÓN REGIONAL DE VIVIENDA DEL ESTADO BOLIVARIANO DE GUÁRICO, este Juzgado ordena darle entrada a los fines de que sea registrado su ingreso en los libros respectivos, en consecuencia el Tribunal se reserva el lapso de tres (3) días de despacho para decidir al respecto lo conducente.
El Juez,


Abog. RAFAEL A. DELCE ZABALA

La Secretaria,



Abog. ROSA V. RIVERA OCHOA







Exp. Nº JP41-G-2022-000025
RADZ/RVRO/fccm