REPÙBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA.
TRIBUNAL SEGUNDO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS JOSÈ TADEO MONAGAS Y SAN JOSÈ DE GUARIBE DE LA CIRCUNSCRIPCIÒN JUDICIAL DEL ESTADO GUÀRICO. ALTAGRACIA DE ORITUCO, 14 DE FEBRERO DEL AÑO DOS MIL VEINTIDOS (14-02-2022).-
211º y 162º
SENTENCIA: INTERLOCUTORIA
ASUNTO: SOLICITUD DE TITULO SUPLETORIO DE PROPIEDAD. SE DEJAN A SALVO LOS DERECHOS DE TERCEROS.
SOLICITANTE: BERKI CECILIA CHACIN MARTINEZ, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nroº V-5.332.909
NRO. DE SOLICITUD: 2022-2002
NRO SENTENCIA: Nº 05-2022
Vista la anterior solicitud y la justificación promovida y evacuada al efecto por ante esta sede jurisdiccional; este Tribunal de conformidad con el Articulo 937 del Código de Procedimiento Civil, decreta TITULO SUPLETORIO SUFICIENTE DE PROPIEDAD a favor de la Ciudadana BERKI CECILIA CHACIN MARTINEZ, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nroº V-5.332.909, sobre unas bienhechurías de propiedad ubicada en la vereda n°01, casa n°10, Urbanización Luis Hurtado Higuera (Banco Obrero), Parroquia Altagracia de Orituco, Municipio José Tadeo Monagas del estado Guárico, conformado en un área de terreno de DOSCIENTOS NOVENTA Y DOS METROS CUADRADOS CON CINCUENTA Y TRES CENTIMETROS (292,53 mts2/cm) y un área de construcción de CIENTO SESENTA Y SIETE METROS CUADRADOS CON VEINTISIETE CENTIMETROS (167,27 mts2/cm) alinderado de la manera siguiente: NORTE : Vereda n° 01, que es su frente, en diez metros con quince centímetros (10,15 mts/cm) SUR: Casa n° 29, de la vereda n° 03, en nueve metros con cuarenta y cinco centímetros (9,45 mts/cm) ESTE: Casa n° 08 de la vereda 01,en veintinueve metros con ochenta y cinco centímetros (29,85 mts/cm) y OESTE: Vereda n° 01,en veintinueve metros con ochenta y cinco centímetros (29,85 mts/cm) cuyas características y demás determinaciones constan en la solicitud que encabeza estas actuaciones, quedando a salvo en todo caso los derechos de terceros. Se deja constancia de la autorización Nº 03/2022 de la Sindicatura Municipal del Municipio José Tadeo Monagas del Estado Guárico, de fecha 31-01-2022 consignada. Devuélvase original de lo actuado a la solicitante.
LA JUEZA PROVISORIA,
Abg. LERIDA GONZALEZ FRONTADO LA SECRETARIA,
Abg. YSABEL RON ADAMES
En la misma fecha de le dio cumplimiento a lo ordenado. Se devuelven los originales constante de (12) de folios, a la partes interesada quien firmara el libro de solicitudes correspondientes en prueba de haber recibido la misma.-
LA SECRETARIA
LGF/ydrra/mgs
SOLICITUD N°2022-2002
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