REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SUPERIOR CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO

San Juan de los Morros, seis (06) de julio de dos mil veintidós (2022)
212º y 163º

De la revisión de las actuaciones que conforman el presente asunto, se evidencia, que en fecha trece (13) de abril del dos mil veintidós (2022), este Tribunal declaró SIN LUGAR el Recurso Contencioso Administrativo Funcionarial mediante decisión Nº PJ0102022000023 interpuesto por la abogada Giselle CHEDIAK (INPREABOGADO Nº 125.956), actuando con el carácter de Apoderada Judicial del ciudadano LUIS ALEJANDRO MEDINA (Cédula de Identidad Nº 18.407.286), contra la GOBERNACIÓN DEL ESTADO BOLIVARIANO DE GUÁRICO (POLICÍA DEL ESTADO BOLIVARIANO DE GUÁRICO), y transcurrido con creces el lapso de apelación sin que las partes lo ejercieran, este Tribunal, declara DEFINITIVAMENTE FIRME la sentencia antes mencionada.
La Juez Suplente,


Abog. NEYLA C. QUINTANA V.

La Secretaria,



Abog. ROSA V. RIVERA OCHOA



Exp. Nº JP41-G-2016-000010
NCQV/RVRO/leay