REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SUPERIOR CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO

San Juan de los Morros, veintisiete (27) de junio de dos mil veintidós (2022)
212º y 163º

Visto que en fecha dieciséis (16) de marzo de dos mil veintidós (2022) la ciudadana Neyla Carolina Quintana Ventura, titular de la Cédula de Identidad Nº 13.150.725), fue designada por Comisión Judicial en reunión de esa misma fecha, y juramentada en fecha veintidós (22) de marzo del presente año, como Juez Suplente del Juzgado Superior Estadal de lo Contencioso Administrativo de la Circunscripción Judicial del estado Bolivariano de Guárico y por cuanto el ciudadano Rafael Antonio Delce Zabala, Juez Provisorio de este Órgano Jurisdiccional, se encuentra actualmente como suplente en el cargo de Vicepresidente del Juzgado Nacional Primero Contencioso Administrativo de la Región Capital (Caracas), es por lo que, la referida ciudadana tomo posesión en el cargo de Juez Suplente y se ABOCA al conocimiento de esta causa, en el entendido de que a partir de la presente fecha exclusive, comenzará a transcurrir el lapso de cinco (5) días de despacho, previsto en el artículo 48 de la Ley Orgánica de la Jurisdicción Contencioso Administrativa, publicada en Gaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela Nº 39.451 del 22 de junio de 2010, a los fines de que las partes puedan hacer uso del derecho consagrado en dicha norma. Una vez vencido dicho lapso, la causa reanudará su curso al estado en que se encuentra.
La Juez Suplente,


Abog. NEYLA C. QUINTANA V.
La Secretaria,


Abog. ROSA V. RIVERA OCHOA
Exp. JP41-G-2022-000012
NCQV/RVRO/dnbg