REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SUPERIOR CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO

San Juan de los Morros, dieciséis (16) de marzo de dos mil veintidós (2022)
211º y 163º

De la revisión de las actas que conforman el presente asunto, se evidencia, que el doce (12) de diciembre de dos mil diecinueve (2019), este Juzgado dictó sentencia Nº PJ0102019000089 en la que declaró CONSUMADA LA PERENCIÓN y, en consecuencia EXTINGUIDA LA INSTANCIA en el recurso contencioso administrativo funcionarial interpuesto por los abogados Manuel VALOR POLANCO y Rubén Darío GRATEROL OJEDA (INPREABOGADOS Nros 92.588 y 197.088 respectivamente), en su carácter de apoderados judiciales del ciudadano JOSÉ LUIS SILVA RIVERO (Cédula de Identidad Nº 14.926.157), contra la ALCALDÍA DEL MUNICIPIO FRANCISCO DE MIRANDA DEL ESTADO BOLIVARIANO DE GUÁRICO, y transcurrido con creces el lapso de apelación sin que las partes lo ejercieran, este Tribunal, declara DEFINITIVAMENTE FIRME la sentencia antes mencionada y por cuanto no queda nada pendiente por ejecutar se declara TERMINADA la causa, en consecuencia, se ordena el cierre y archivo del expediente contentivo de una (01) pieza principal constante de veintisiete (27) folios útiles.
El Juez,


Abog. RAFAEL A. DELCE ZABALA
La Secretaria,



Abog. ROSA VICTORIA RIVERA OCHOA

Exp. Nº JP41-G-2017-000013
RADZ/RVRO/akte