REPÙBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA.
TRIBUNAL SEGUNDO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS JOSÈ TADEO MONAGAS Y SAN JOSÈ DE GUARIBE DE LA CIRCUNSCRIPCIÒN JUDICIAL DEL ESTADO GUÀRICO. ALTAGRACIA DE ORITUCO, DOS DE MARZO DEL AÑO DOS MIL VEINTIDOS (02-03-2022)-.

211º y 162º
SENTENCIA: INTERLOCUTORIA
ASUNTO: SOLICITUD DE TITULO SUPLETORIO DE PROPIEDAD. SE DEJAN A SALVO LOS DERECHOS DE TERCEROS.
SOLICITANTE: ANA MIGDALIA GIFFUNE GIRON, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nroº V-10.496.628
NRO. DE SOLICITUD: 2022-2005
NRO SENTENCIA: Nº 08-2022
Vista la anterior solicitud y la justificación promovida y evacuada al efecto por ante esta sede jurisdiccional; este Tribunal de conformidad con el Articulo 937 del Código de Procedimiento Civil, decreta TITULO SUPLETORIO SUFICIENTE DE PROPIEDAD a favor de la Ciudadana ANA MIGDALIA GIFFUNE GIRON, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nroº V-10.496.628, sobre unas bienhechurías de propiedad ubicada en la calle Libertad C/con calle Chimborazo, sector Chimborazo Este, Parroquia Altagracia de Orituco, Municipio José Tadeo Monagas estado Guárico, conformado en un área de terreno de CUATROCIENTOS TRECE METROS CUADRADOS CON CINCUENTA Y NUEVE CENTIMETROS (413,59 mts2/cm) y un área de construcción de TRESCIENTOS TREINTA METROS CUADRADOS CON VEINTICUATRO CENTIMETROS (330,24 mts2/cm) alinderado de la manera siguiente: NORTE : Casa que es o fue de Eugenia Liscano, en veinte metros con setenta y cinco centímetros (20,75 mts/cm) SUR: Calle chimborazo, en dieciocho metros con sesenta centímetros (18,60 mts/cm). ESTE: Calle Libertad, que es su frente, en dieciocho metros con veinte centímetros (18,20 mts/cm) y OESTE: Solar y casa que es o fue de Ramón García, en veintiún metros con diez centímetros (21,10 mts/cm) cuyas características y demás determinaciones constan en la solicitud que encabeza estas actuaciones, quedando a salvo en todo caso los derechos de terceros. Se deja constancia de la autorización Nº 04/2022 de la Sindicatura Municipal del Municipio José Tadeo Monagas del Estado Guárico, de fecha 27-01-2022 consignada. Devuélvase original de lo actuado a la solicitante.
LA JUEZA PROVISORIA,

Abg. LERIDA GONZALEZ FRONTADO LA SECRETARIA,

Abg. YSABEL RON ADAMES

En la misma fecha de le dio cumplimiento a lo ordenado. Se devuelven los originales constante de (13) de folios, a la partes interesada quien firmara el libro de solicitudes correspondientes en prueba de haber recibido la misma.-

LA SECRETARIA,



LGF/ydrra/mgs
SOL. Nº 2022-2022. TITULO SUPLETORIO