REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SUPERIOR CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO

San Juan de los Morros, dieciséis (16) de mayo de dos mil veintidós (2022)
212º y 163º


Vista la diligencia de fecha once (11) de mayo de dos mil veintidós (2022), presentada por la abogada Marjorie ARMAS (INPREABOGADO Nº 58.582) actuando con el carácter de apoderada judicial, mediante la cual apeló de la sentencia Nº PJ0102022000027, dictada por este Juzgado el cuatro (04) de mayo de dos mil veintidós (2022), en la que se declaró SIN LUGAR el recurso contencioso administrativo funcionarial, interpuesto por el ciudadano FREDDY JESÚS BANDES CASTRO (Cédula de Identidad Nº 11.835.814), contra la GOBERNACIÓN DEL ESTADO BOLIVARIANO DE GUÁRICO (POLÍCIA DEL ESTADO BOLIVARIANO DE GUÁRICO).
Este Tribunal, en virtud de que el referido recurso se interpuso tempestivamente, ADMITE y en consecuencia OYE EN AMBOS EFECTOS la apelación ejercida, por tanto, se ordena remitir el presente expediente a la Unidad de Recepción y Distribución de Documentos (URDD) de los Juzgados Nacionales Primero y Segundo de lo Contencioso Administrativo como órgano ad quem, según lo dispuesto en el artículo 87 de la Ley Orgánica de la Jurisdicción Contencioso Administrativa. Líbrese oficio respectivo.
El Juez,

Abog. RAFAEL A. DELCE ZABALA
La Secretaria,

Abog. ROSA V. RIVERA OCHOA

Exp. JP41-G-2021-000014
RADZ/RVRO/fccm