REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
Tribunal Tercero (3º) de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Bolivariano de Guárico
Calabozo, veintiocho (28) de octubre dos mil veintidós (2.022)
212º y 163º


ASUNTO: JP61-L-2022-000021
Visto el escrito de promoción de pruebas, presentado por el Profesional del Derecho JAIRO JOSE LOZADA ANDRADE, inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el Nº 313.911, en su carácter de Apoderado Judicial del ciudadano JACKDERSON ORLANDO MIJARES, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V.- 24.284.965, y por la otra, la codemandada, INVERSIONES AGRO LOS M&M, C.A., representada por el ciudadano MARCOS DANILO MONTECALVO SEVILLA, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V.- 5.383.213, así como, la codemandada Sociedad Mercantil ALIMENTOS LA CARIDAD, C.A., debidamente representados legalmente por las Profesionales del Derecho JUDITH MARIA DEUS PALACIOS y ARACELIS C. BARRIOS ACOSTA, inscritas en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo los Nros. 151.930 y 36.977, respectivamente, este Tribunal, estando dentro de la oportunidad procesal para providenciar las pruebas promovidas en el presente asunto de conformidad con lo dispuesto en el artículo 75 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, procede a providenciar las pruebas promovidas en los siguientes términos:
PARTE ACTORA
DE LAS DOCUMENTALES

• Promueve marcado con la letra “A”, Estados de Cuenta del Banco Mercantil, cuenta Nº 0105-0109-1011-0914-6191, inserta a los folios 74 al 89.
• Promueve marcado con la letra “D”, Orden de Salida, inserta al folio 90.
• Promueve marcado con letra “C”, Descripción de Datos Bancarios, inserta al folio 91.
• Promueve marcada con la letra “E”, Acta de Nacimiento, inserta al folio 92.
• Promueve marcado con las letras “B” y “B1”, copia certificada de Unión Estable de Hecho, inserta a los folios 93 y 94.

Al respecto, este Tribunal, por cuanto las mismas no son manifiestamente ilegales ni impertinentes, las ADMITE en cuanto a lugar en derecho. Y así se establece.
DE LAS TESTIMONIALES

Promueve las testimoniales de los ciudadanos: NANCY SENAIDA ASCANIO PEÑA, ANTONIO JOSE LANDAETA, GLICERIS GISELA GOMEZ CORTEZ, LIXANDRO ELADIO QUEVEDO RODRIGUEZ, JUAN EDUARDO DIAZ BRICEÑO y JOSE NEPTALI FUENTES, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cedulas de identidad Nros. V.- 6.680.049, V.- 8.634.321, V.- 17.373.433, V.- 19.186.623, V.- 13.571.131 y V.- 12.476.177, respectivamente. Al respecto, este Tribunal, por cuanto las mismas no son manifiestamente ilegales ni impertinentes, las ADMITE en cuanto a lugar en derecho, debiendo la parte demandante, de conformidad con lo establecido en el Artículo 153 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, presentar a los testigos, sin necesidad de notificación alguna, el día y la hora de la Celebración de la Audiencia Oral y Pública de Juicio. Y así se establece.


DE LOS INFORMES

Solicita se Oficie al Banco Mercantil, ubicado en la carrera 12 entre calle 11 y 12 de esta ciudad de Calabozo, para que informe sobre los siguientes particulares:

- Que informe al Tribunal, si en su base de datos se encuentra registrada una cuenta bancaria a nombre del ciudadano JACKDERSON ORLANDO MIJARES, titular de la cédula de identidad Nº V-24.284.965 y si dicha cuenta esta activa.
- Que informe al Tribunal si la cuenta perteneciente al ciudadano JACKDERSON ORLANDO MIJARES ha recibido transferencias provenientes de la cuenta Nº 0191-0167-3421-0006-8561, Banco Nacional de Crédito, a nombre de la persona jurídica Inversiones Agro Los MM de manera consecutiva durante todo el año 2019, 2020 y 2021 y que montos tiene cada uno.
- Que informe al Tribunal si la empresa INVERSIONES AGRO LOS MM, tiene cuenta corriente y/o de ahorro por esa institución bancaria y desde cuando esta aperturada.
- Que informe al Tribunal si en la cuenta perteneciente al ciudadano JACKDERSON ORLANDO MIJARES ha recibido transferencias en los meses de Julio, Agosto, Septiembre y Octubre del año 2021, provenientes de la cuenta Nº 0191-0167-3421-0006-8561, Banco Nacional de Crédito, a nombre de la persona jurídica Inversiones Agro Los MM y el respectivo monto de cada deposito o transferencia recibida.
- Que informe al Tribunal si la empresa INVERSIONES AGRO LOS MM, tiene cuenta corriente y/o de ahorro por esa institución bancaria y desde cuando esta aperturada.
- Que informe al Tribunal si la empresa Alimentos La Caridad C.A. Finca Granja Algarrobito, tiene una cuenta bien sea de ahorro y/o corriente por ante esa institución bancaria y desde cuando esta aperturada.

Al respecto, este Tribunal por cuanto las mismas no son manifiestamente ilegales ni impertinentes, las admite en cuanto a lugar en derecho. Y así se establece. Líbrese Oficio y Entréguese a la Unidad de Alguacilazgo. Cúmplase.
PRUEBA DE EXHIBICION

- Solicita a la Empresa Mercantil “ALIMENTOS LA CARIDAD C.A., Granja Algarrobito” la exhibición del libro de horas extraordinarias de los trabajadores, desde la fecha 26-10-2016 hasta la fecha 30-10-2021.

- Solicita a la Empresa Mercantil “ALIMENTOS LA CARIDAD C.A., Granja Algarrobito” la exhibición del libro de días feriados y días descanso, desde la fecha 26-10-2016 hasta la fecha 30-10-2021.

- Solicita a la Empresa Mercantil “ALIMENTOS LA CARIDAD C.A., Granja Algarrobito” la exhibición del libro de Vacaciones de los trabajadores, desde la fecha 26-10-2016 hasta la fecha 30-10-2021.

- Solicita a la Empresa Mercantil “INVERSIONES AGRO LOS MM” la exhibición del libro de horas extraordinarias de los trabajadores, desde la fecha 26-10-2016 hasta la fecha 30-10-2021.

- Solicita a la Empresa Mercantil “INVERSIONES AGRO LOS MM” la exhibición del libro de días feriados y días descanso, desde la fecha 26-10-2016 hasta la fecha 30-10-2021.

- Solicita a la Empresa Mercantil “INVERSIONES AGRO LOS MM” la exhibición del libro de Vacaciones de los trabajadores, desde la fecha 26-10-2016 hasta la fecha 30-10-2021.

Al respecto, este Tribunal las ADMITE de conformidad con el articulo 82 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, en consecuencia, ordena a las codemandadas exhibir en la audiencia oral y publica de juicio, las referidas documentales. Así se establece.


CODEMANDADA INVERSIONES AGRO LOS M&M, C.A.
DOCUMENTALES

- Promueve documental referente a Listado de Trabajadores Activos e inscritos por ante el Instituto Venezolano de los Seguros Sociales, inserta al folio105.

- Promueve documental referente a Constancia de Egreso de Trabajador, emitida electrónicamente por el Instituto Venezolano de los Seguros Sociales, inserta al folio107.

- Promueve documental referente a Constancia de Registro de Trabajador, emitida electrónicamente por el Instituto Venezolano de los Seguros Sociales, inserta al folio108.

- Promueve documentales referentes a Planilla de Control de Transferencias y Nominas de Calculo, correspondientes al mes de octubre de 2021, insertas a los folios 110 al 113.

- Promueve documentales referentes a Planilla de Control de Transferencias y Nominas de Calculo, correspondientes al pago de las vacaciones de los periodos 2016-2017 y 2017-2018, insertas a los folios 115 al 118.

- Promueve documentales referentes a Planilla de Control de Transferencias y Nominas de Calculo, correspondientes al pago de utilidades de los periodos 2016, 2017, 2018, 2019 y 2020, insertas a los folios 120 al 129.

- Promueve documentales referentes a Consulta de Transferencias realizadas a la Entidad Bancaria Banco Mercantil, insertas a los folios 131 al 133.

- Promueve documental referente a Acta Constitutiva de la Empresa Mercantil INVERSIONES AGRO LOS MM C.A., inserta a los folios 135 al 147.

Al respecto, este Tribunal, por cuanto las mismas no son manifiestamente ilegales ni impertinentes, las ADMITE en cuanto a lugar en derecho. Y así se establece.


PRUEBA DE INFORMES

Solicita se Oficie al Banco Nacional de Crédito, ubicado en Avenida Las Ferias, Valencia Estado Carabobo, para que informe lo siguiente:

Si el ciudadano MARCOS DANILO MONTECALVO SEVILLA, titular de la cédula de identidad Nº V-5.383.213, es titular de la cuenta signada con el Nº 0191-0167-3421-0006-8561 y, en consecuencia indique a este Tribunal todas las operaciones bancarias, ya sean pago de cheques, depósitos o transferencias a nombre de JACKDERSON ORLANDO MIJARES TAIPE, titular de la cédula de identidad Nº 24.284.065, realizadas por el titular de dicha cuenta a la cuenta bancaria signada con el Nº 0105-0109-10-110946191 del Banco Mercantil, cuyo titular es el ciudadano JACKDERSON ORLANDO MIJARES TAIPE, desde el 15 de julio de 2021 hasta el 30 de octubre de 2021.

Solicita se Oficie al Banco Mercantil, ubicado en Av. Michelena, Centro Comercial Ara, Valencia Estado Carabobo, para que informe lo siguiente:

Si el ciudadano MARCOS DANILO MONTECALVO SEVILLA, titular de la cédula de identidad Nº V-5.383.213, es titular de la cuenta signada con el Nº 0105-0094-0410-9448-8275 y, en consecuencia indique a este Tribunal todas las operaciones bancarias, sean depósitos, transferencias o pago de cheques, realizadas por el titular de dicha cuenta, a la cuenta bancaria signada con el Nº 0105-0109-10-110946191 del Banco Mercantil, cuyo titular es el ciudadano JACKDERSON ORLANDO MIJARES TAIPE, portador de la cédula de identidad Nº 24.284.065, desde octubre 2016 hasta el 15/07/2021

Solicita se Oficie al Banco Mercantil, ubicado en Calabozo, Estado Guárico, para que informe lo siguiente:

Si el ciudadano JACKDERSON ORLANDO MIJARES TAIPE, portador de la cédula de identidad Nº 24.284.065, es el titular de la cuenta signada con el numero 0105-0109-10-110946191 y, en consecuencia indique a este Tribunal todas las operaciones bancarias, sean depósitos, transferencias o pago de cheques, recibidas en dicha cuenta, proveniente de las cuentas bancarias signadas con el Nro 0191-0167-3421-0006-8561 del Banco Nacional de Crédito, cuyo titular es la empresa INVERSIONES AGRO LOS M&M, C.A. Rif. J-407598279 y Nº 0105-0094-0410-9448-8275 del Banco Mercantil, cuyo titular es el ciudadano MARCOS DANILO MONTECALVO SEVILLA, desde octubre 2016 hasta el día 30/10/2021.

Al respecto, este tribunal por cuanto las mismas no son manifiestamente ilegales ni impertinentes, las admite en cuanto a lugar en derecho. Y así se establece. Líbrense Oficios y exhortos y entréguense a la Unidad de Alguacilazgo. Cúmplase.


CODEMANDADA, Sociedad Mercantil ALIMENTOS LA CARIDAD C.A.

DOCUMENTALES

Promueve Documental referente a Contrato de Servicio de Mantenimiento y Reparación de Estructuras, Servicio de Jardinería y Plomería, Servicio de Limpieza, inserta a los folios 151 al 154.

Promueve Documental referente a Listado de Trabajadores Activos e inscritos por ante el Instituto Venezolano de los Seguros Sociales por la sociedad mercantil INVERSIONES AGRO LOS M&M C.A., inserta al folio155.

Promueve Documental referente a Constancia de Egreso de Trabajador, presentada por ante el Instituto Venezolano de los Seguros Sociales por el representante legal de INVERSIONES AGRO LOS M&M C.A., inserta al folio156.

Promueve Documental referente a Planilla Cuenta Individual, reflejada en el portal del Instituto Venezolano de los Seguros Sociales, inserta al folio157.

PRUEBA DE INFORMES

Solicita se Oficie al Instituto Venezolano de los Seguros Sociales, ubicado en Esquina Altagracia, Edificio Sede del IVSS, Piso Santa Rita, Caracas, a fin de que informe lo siguiente:

1. Si el asegurado JACKDERSON ORLANDO MIJARES, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº 24.284.965, estuvo afiliado a dicho instituto, indicando:
- Fecha de su primera afiliación.
- Nombre de la empresa que lo afilio, con indicación de su numero patronal.
- Fecha de Egreso del Asegurado.
- Estatus actual del Asegurado.

2. Remita a este tribunal, Copia Certificada del Listado de Trabajadores Activos afiliados a este Instituto por INVERSIONES AGRO LOS M&M C.A., Numero Patronal O11833183, para el mes de octubre de 2021.

3. Remita a este tribunal, Copia Certificada de la Constancia de Egreso de Trabajador expedida electrónicamente por este Instituto a nombre de INVERSIONES AGRO LOS M&M C.A., Numero Patronal O11833183, el día 02 de febrero de 2022.

Al respecto, este Tribunal, por cuanto las mismas no son manifiestamente ilegales ni impertinentes, las ADMITE en cuanto a lugar en derecho. Y así se establece.

Solicita se Oficie al Tribunal Sexto de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Guárico, ubicado en esta misma sede judicial a fin de que remita a este Tribunal el Contrato de Servicio que corre inserto en original en el expediente signado con el numero JP61-L-2022-000001.

Al respecto, se advierte al promovente que la prueba de informe debe ser promovida únicamente en aquellos casos en el cual los hechos que se pretendan acreditar con el uso de la misma, no puedan constatarse por otra vía, o bien porque no sean de fácil acceso, lo cual no se verifica en el presente caso considerando que el promovente fue parte en dicho procedimiento, pudiendo bien solicitar la devolución de dichos originales, ante el referido juzgado, lo cual resulta a toda luces inoficioso para este Tribunal acordar dicha prueba en los términos en que fue promovida, por tanto, se INADMITE. Así se establece.
LA JUEZA;


ABG. YASMIROLYS MEZZACASA
LA SECRETARIA;


ABG. DAYRIS RODRIGUEZ