REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SUPERIOR CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO
San Juan de los Morros, trece (13) de Abril de dos mil veintitrés (2023)
212º y 164º
Visto que este Juzgado Superior, en fecha trece (13) de febrero de dos mil veintitrés (2023), dictó sentencia Nº PJ0102023000016, mediante la cual declaró “…Su COMPETENCIA (…) y ADMITE (…) la presente Demanda ….” en la Demanda de Contenido Patrimonial interpuesta por el abogado Rene del Jesús RAMOS FERMÍN (INPREABOGADO Nº 157.363), actuando como Apoderado Judicial de la empresa estadal AGROGUARICO POTENCIA S.A, contra el ciudadano CESAR AUGUSTO FRANQUIZ CALATAYUD (Cédula de Identidad Nº 17.435.074), y por cuanto corresponde la notificación del PROCURADOR GENERAL DEL ESTADO BOLIVARIANO DE GUÁRICO, y la citación del ciudadano CESAR AUGUSTO FRANQUIZ CALATAYUD, este Órgano Jurisdiccional procede a librar los oficios y boletas respectivos. Líbrense oficios y boletas.
La Juez,
Abog. NEYLA C. QUINTANA V.
La Secretaria.
Abog. ROSA V. RIVERA OCHOA.
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Exp. Nº JP41-G-2023-000013
NCQV/RVRO/leay