REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SUPERIOR CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO

San Juan de los Morros, trece (13) de Abril de dos mil veintitrés (2023)
212º y 164º

Visto que este Juzgado Superior, en fecha trece (13) de abril de dos mil veintitrés (2023), dictó sentencia Nº PJ0102023000018, mediante la cual declaró “…Su COMPETENCIA (…) y ADMITE (…) la presente Demanda…” en la Demanda de Contenido Patrimonial interpuesta por el abogado Rene del Jesús RAMOS FERMÍN (INPREABOGADO Nº 157.363), actuando como Apoderado Judicial de la empresa estadal AGROGUARICO POTENCIA S.A, contra la ciudadana NAIDALY JOSEFINA CARRASQUEL FIGUERA (Cédula de Identidad Nº 13.794.905), y por cuanto corresponde la notificación del PROCURADOR GENERAL DEL ESTADO BOLIVARIANO DE GUÁRICO, y la citación de la ciudadana NAIDALY JOSEFINA CARRASQUEL FIGUERA, este Órgano Jurisdiccional procede a librar los oficios y boletas respectivos. Líbrense oficios y boletas.
La Juez,


Abog. NEYLA C. QUINTANA V.
La Secretaria.



Abog. ROSA V. RIVERA OCHOA.

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Exp. Nº JP41-G-2023-000015
NCQV/RVRO/leay