REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
 
 
 
PODER JUDICIAL
 
Tribunal Cuarto (4°) de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Guárico. Sede Valle de la Pascua
 
 Valle De La Pascua, 09 de enero de 2023
 
212º y 163º
 
 
ASUNTO: JP51-L-2022-000018
 
Visto el Escrito de Promoción de Pruebas,  presentado en la oportunidad en que tuvo lugar la Audiencia Preliminar por el ciudadano: Pascual  Enrique Parra, Titular de la Cedula de Identidad Nro.: 9.619.459, representado por su Apoderado Judicial Carlos José Ramírez Aray, Titular de la Cedula de Identidad Nro: 5.621.071, inscrito  bajo el número de  inpreabogado 55.334, parte demandante en la presente causa, este Juzgado, procede a providenciar las mismas de conformidad con el artículo 75 de  la Ley Orgánica Procesal del Trabajo  y lo hace de la siguiente forma: 
 
 
CAPITULO I
 
PRUEBAS DOCUMENTALES 
 
1.	Marcada con la letra “A”, copia   de recibos de pago emitidas por la empresa: TRACTO LLANO. C.A, dirigidos al ciudadano: Pascual Parra, titular de la cédula de identidad Nro: 9.619.459,  cursante desde el folio   Treinta y Cuatro (34) hasta el folio Treinta y Seis (36) del expediente. 
 
2.	Marcada con la letra “B”, copia   del movimiento histórico del asegurado ciudadano: Pascual Parra titular de la cédula de identidad Nro: 9.619.459, emitido por el instituto Venezolano de los Seguros sociales (I.V.S.S) cursante en el folio   Treinta y siete (37) del expediente. 
 
Documentos estos descritos y consignados por la parte demandante en el escrito de promoción de pruebas, se ADMITEN en cuanto ha lugar en derecho, por no ser manifiestamente ilegales, ni impertinentes. Y así se decide.
 
 
LA JUEZ,
 
 
ABG. YENNY. C.  DELGADO CEGARRA
 
               
 
                                                                                                             LA SECRETARIA 
 
                                                                               
 
                                                                                                   ABG. YOSMELY MACHADO
 
YCD/YM
 
 
 
 
 
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