REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SUPERIOR CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO
San Juan de los Morros, diecinueve (19) de Julio de dos mil veintitrés (2023)
213º y 164º
Estando en la oportunidad procesal para emitir pronunciamiento respecto a la articulación probatoria aperturada en el presente asunto, advierte este Juzgado que, pasará a pronunciarse sobre la referida articulación en el momento de dictar sentencia definitiva, todo ello de conformidad con lo establecido en el artículo 40 de la Ley Orgánica de la Jurisdicción Contencioso Administrativa.
La Juez,
Abog. NEYLA C. QUINTANA V.
La Secretaria,
Abog. ROSA V. RIVERA OCHOA
Exp. Nº JP41-G-2023-000030
NCQV/RVRO/leay