REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL SEGUNDO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS JOSÈ TADEO MONAGAS Y SAN JOSÈ DE GUARIBE DE LA CIRCUNSCRIPCIÒN JUDICIAL DEL ESTADO GUÀRICO. ALTAGRACIA DE ORITUCO, VEINTINUEVE DE JUNIO DEL AÑO DOS MIL VEINTITRES (29-06-2023).

213° y 164°

SENTENCIA: INTERLOCUTORIA
ASUNTO: SOLICITUD DE TITULO SUPLETORIO. SE DEJAN A SALVO LOS DERECHOS DE TERCEROS.
SOLICITANTE: YUSELI ESMERALDA SECO, VENEZOLANA, MAYOR DE EDAD, TITULAR DE LA CÉDULA DE IDENTIDAD N° V-12.512.550
ABOGADO ASISTENTE: ANTONIO GALLUZZO GARCIA, INSCRITO EN EL INPREABOGADO BAJO EL N° 207.569
NRO. DE SOLICITUD: 2023-2257
NRO. SENTENCIA: Nº 69 -2023.-
I
Vista la anterior solicitud presentada por la ciudadana YUSELI ESMERALDA SECO, venezolana, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad N° V-12.512.550 de este domicilio, debidamente asistida por el Abogado en ejercicio ANTONIO GALLUZZO GARCIA, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 207.569, a fin de que se declare TITULO SUPLETORIO a su favor sobre unas bienhechurías levantadas en una parcela de Terreno Municipal, al respecto este Tribunal Observa lo siguiente:
II
Se evidencia de la AUTORIZACION N° 125/2023 de fecha trece (13) de Junio del año Dos Mil Veintitrés (2.023), consignada junto a la solicitud, que las bienhechurías se encuentran ubicadas en la calle Chimborazo, sector Chimborazo-Oeste, Parroquia Altagracia de Orituco, Municipio José Tadeo Monagas, del estado Guárico, constante de una superficie DE CIENTO CATORCE METROS CUADRADOS CON CUARENTA Y OCHO CENTIMETROS (114,48 Mts2/cm) y CON ÁREA DE CONSTRUCCIÓN DE OCHENTA Y OCHO METROS CUADRADO CON TREINTA Y DOS CENTIMETROS (88,32 Mts2/cm), cuyos linderos y medidas son las siguientes: NORTE: Solar y casa de José Punchiluppi, en cuatro metros con cincuenta centímetros (4,50 mts/cm);SUR: Calle Chimborazo, que es su frente en cinco metros (5,00 mts); ESTE: Solar y casa de Emilio Rosa, en veinticuatro metros con quince centímetros (24,15 mts/cm) y OESTE: Solar y casa de José Fernández, en veinticuatro con quince centímetros (24,15 mts/cm), cuyas características y demás determinaciones constan en la Solicitud. Asimismo se toman en consideración las TESTIMONIALES de los Ciudadanos: GILBERTO ENRIQUE AVILA LAYA y FLOR MARIA PEREZ, venezolanos, mayores de edad, titulares de las Cédulas de Identidad N° V-4.831.174 y V-4.089.809, respectivamente, las cuales son valoradas como levantamiento de las bienhechurías sobre el Terreno Municipal anteriormente identificado.-
III
Por todos los razonamientos de hecho y de derecho anteriormente señalados y de conformidad con lo previsto en el Artículo 937 del Código de Procedimiento Civil y en las reglas previstas para el procedimiento voluntario señalados en el Código Adjetivo, este Tribunal Segundo de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios José Tadeo Monagas y San José de Guaribe de la Circunscripción Judicial del Estado Guárico, con sede en Altagracia de Orituco; Administrando Justicia en nombre de Dios, de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara TITULO SUPLETORIO, sobre las bienhechurías descritas a favor de la ciudadana YUSELI ESMERALDA SECO, venezolana, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad N° V-12.512.550, de este domicilio. Dejándose a salvo los derechos de terceros.-
Expídanse copias certificadas por secretaría, que fueren menester a la solicitante y devuélvanse estas actuaciones con sus resultas originales.-
Diarícese.- Publíquese.- Regístrese y expídase copia certificada del presente fallo, de conformidad con los Artículos 247 y 248 del Código de Procedimiento Civil, en concordancia con el Artículo 1384 del Código Civil.- Cúmplase.-
Dada, firmada y sellada en la Sala de Despacho del Tribunal Segundo de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios José Tadeo Monagas y San José de Guaribe de la Circunscripción Judicial del Estado Guárico. En Altagracia de Orituco, a los veintinueve (29) días del mes de Junio de Dos Mil Veintitrés (2.023).- Años 213º de la Independencia y 164º de la Federación.-
LA JUEZA,

Abg. LERIDA GONZALEZ FRONTADO LA SECRETARIA,

Abg. YSABEL RON ADAMES