REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SUPERIOR CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO

San Juan de los Morros, veintitrés (23) de marzo de dos mil veintitrés (2023)
212º y 164º

Visto que en fecha quince (15) de diciembre de dos mil veintidós (2022), el Juzgado Nacional Segundo Contencioso Administrativo de la Región Capital, dictó sentencia Nº 2022-230 mediante la cual declaró “…Su COMPETENCIA para conocer de la apelación (…) SIN LUGAR el recurso de apelación (…) CONFIRMA con las modificaciones expuestas en la parte motiva, la decisión dictada el 25 de noviembre de 2022…” (Mayúscula y Negrillas del Texto), relacionada con la decisión NºPJ0102022000054 emitida por este Juzgado Superior, mediante la cual INSTÓ a las partes “…a regularizar la situación denunciada, a través del diálogo y de ser necesario, a través de las instancias jurisdiccionales competentes…”, en razón del Amparo Constitucional interpuesto por la ciudadana MARÍA ELISA DÍAZ TOMAS (Cédula de Identidad Nº E. 81.383.414), contra el MUNICIPIO ORTÍZ DEL ESTADO BOLIVARIANO DE GUÁRICO, este Órgano Jurisdiccional, ordena notificar de la referida decisión y librar los oficios y boleta respectiva. Líbrese boleta y oficios.
La Juez,

Abog. NEYLA C. QUINTANA V.
La Secretaria.



Abog. ROSA V. RIVERA OCHOA


Exp. Nº JE41-O-1999-000002
NCQV/RVRO/fccm