REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SUPERIOR CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO

San Juan de los Morros,veintiocho (28) de marzo de dos mil veintitrés (2023)
212º y 164º


Visto que en fecha(20) de marzo de dos mil veintitrés (2023), este Juzgado se pronunció respecto a la admisión de las pruebas promovidas por las partes, y por cuanto se ordenó la notificación de la ciudadana SÍNDICA PROCURADORA MUNICIPAL DEL MUNICIPIO JULIÁN MELLADO Y PRESIDENTE DE LA JUNTA DIRECTIVA DEL CONCEJO MUNICIPAL DEL MUNICIPIO JULIÁN MELLADO, ambos del estado Bolivariano de Guárico, en el presente Recurso de Nulidad, interpuesto por los ciudadanos ROSARIO RAMONA LONGA TIRADO, JULIA FRANCISCA TORRES UBIEDO Y OSWALDO RAFAEL MILANO CARPIO (Cédula de Identidad Nrosº V-. 2.518.765, V-. 10.271.754 y V-. 16.362.469), debidamente asistidos de Abogados, contra la JUNTA DIRECTIVA DEL CONCEJO MUNICIPAL DEL MUNICIPIO JULIÁN MELLADO DEL ESTADO BOLIVARIANO DE GUÁRICO, este Órgano Jurisdiccional, procede a librar los oficios respectivos. Líbrense oficios.
La Juez,

Abog. NEYLA C. QUINTANA V.
La Secretaria.


Abog. ROSA V. RIVERA OCHOA










Exp. Nº JP41-G-2023-000004
NCQV/RVRO/fccm