REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SUPERIOR CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO

San Juan de los Morros, veintidós (22) de mayo de dos mil veintitrés (2023)
213º y 164º

De la revisión de las actas que conforman el presente asunto, se evidencia que, en fecha diecisiete (17) de mayo del presente año este Juzgado libró Oficio Nº 2023-113 y comisión, ambos dirigidos al TRIBUNAL DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DEL MUNICIPIO JULIAN MELLADO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO GUÁRICO, para la práctica de las notificaciones de la ciudadana SÍNDICA PROCURADORA MUNICIPAL DEL MUNICIPIO JULIÁN MELLADO DEL ESTADO BOLIVARIANO DE GUÁRICO, y las ciudadanas YURETZI MEJÍAS, BLANCA CARPIO, JOHANA LONGA y NELLY PAREDES (Cédula de Identidad Nros 14.870.806, 7.280.530, 14.146.818, 9.885.253 respectivamente). Ahora bien, en fecha dieciocho (18) de mayo de dos mil veintitrés (2023), compareció ante este Juzgado la ciudadana SÍNDICA PROCURADORA MUNICIPAL del municipio antes referido, y el Apoderado Judicial de las ciudadanas antes mencionadas, abogado Jesús VELÁSQUEZ (INPREABOGADO Nº 279.083), los cuales se dieron por notificados en la sede de este Tribunal, en consecuencia este Juzgado ORDENA dejar sin efecto el oficio Nº 2023-113 y la referida comisión, y consignar al expediente.
La Juez,


Abog. NEYLA C. QUINTANA V.
La Secretaria,


Abog. ROSA V. RIVERA OCHOA.


Exp. Nº JP41-G-2023-000004
NCQV/RVRO/leay