REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SUPERIOR CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO

San Juan de los Morros, veintitrés (23) de Mayo de dos mil veintitrés (2023)
213º y 164º

Visto que este Juzgado Superior, en fecha diecisiete (17) de abril de dos mil veintitrés (2023), dictó sentencia Nº PJ0102023000033, mediante la cual declaró “…Su COMPETENCIA (…) y ADMITE (…) la presente Demanda…” en la Demanda de Contenido Patrimonial interpuesta por el abogado Rene del Jesús RAMOS FERMÍN (INPREABOGADO Nº 157.363), actuando como Apoderado Judicial de la empresa estadal AGROGUARICO POTENCIA S.A, contra el ciudadano LUIS GONZALO CAZORLA BERMÚDEZ (Cédula de Identidad Nº 13.342.551), y por cuanto corresponde la notificación del PROCURADOR GENERAL DEL ESTADO BOLIVARIANO DE GUÁRICO, y la citación del ciudadano LUIS GONZALO CAZORLA BERMÚDEZ, este Órgano Jurisdiccional procede a librar los oficios y boleta respectivas. Líbrense oficios y boleta.
La Juez,


Abog. NEYLA C. QUINTANA V.
La Secretaria.



Abog. ROSA V. RIVERA OCHOA.

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Exp. Nº JP41-G-2023-000027
NCQV/RVRO/leay