REPÙBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL SEGUNDO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS JOSÈ TADEO MONAGAS Y SAN JOSÈ DE GUARIBE DE LA CIRCUNSCRIPCIÒN JUDICIAL DEL ESTADO GUÀRICO. ALTAGRACIA DE ORITUCO, QUINCE DE MAYO DEL AÑO DOS MIL VEINTITRES (15-05-2023).-
213° y 164°
SENTENCIA: INTERLOCUTORIA
ASUNTO: SOLICITUD DE TITULO SUPLETORIO. SE DEJAN A SALVO LOS DERECHOS DE TERCEROS.
SOLICITANTE: SIMÓN ALEXIS MOTABAN SANCHEZ, VENEZOLANO, MAYOR DE EDAD, TITULAR DE LA CÉDULA DE IDENTIDAD N° V-13.858.941
ABOGADO ASISTENTE: JOSUAR JOSÉ MARTIN MARTINEZ, INSCRITO EN EL INPREABOGADO BAJO EL N° 300.646
NRO. DE SOLICITUD: 2023-2231
NRO. SENTENCIA: Nº 57-2023.-
I
Vista la anterior solicitud presentada por el ciudadano SIMÓN ALEXIS MOTABAN SANCHEZ, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-13.858.941, de este domicilio, estado Guárico, debidamente asistido por el Abogado en ejercicio JOSUAR JOSÉ MARTIN MARTINEZ, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 300.646, a fin de que se declare TITULO SUPLETORIO a su favor, sobre unas bienhechurías levantadas en una parcela de Terreno Municipal, al respecto este Tribunal Observa lo siguiente:
II
Se evidencia de la AUTORIZACION NRO.080/2023 de fecha veintisiete (27) de Abril del año Dos Mil Veintitrés (2.023), consignada junto a la solicitud, que las bienhechurías se encuentran ubicada en la calle principal-01, cruce con calle N° 05 del sector Tricentenario II, Parroquia Altagracia de Orituco, Municipio José Tadeo Monagas del estado Guárico, constante de una superficie de VEINTIÚN METROS CUADRADOS CON SESENTA Y SIETE CENTIMETROS (21,67 Mts2/cm), Y CON ÁREA DE CONSTRUCCIÓN DE VEINTIÚN METROS CUADRADOS CON SESENTA Y SIETE CENTIMETROS (21,67 Mts2/cm), cuyos linderos y medidas son las siguientes: NORTE: Calle Principal-01 del sector Tricentenario II, en cinco metros con veinte centímetros (05,20 mts/cm). SUR: Galpón de la Tabacalera Dixi, en cinco metros (05,00 mts). ESTE: Terreno ocupado por Alexis Ron, en cuatro metros (04,00 mts) y OESTE: Terreno Ocupado por Yonny Flores y calle-5, en cuatro metros con cincuenta centímetros (04,50 mts/cm), cuyas características y demás determinaciones constan en la Solicitud. Asimismo se toman en consideración las TESTIMONIALES de los Ciudadanos: PEDRO JOSÉ ALVARADO LEAL y ANA DOMINGA MESIA, venezolanos, mayores de edad, titulares de las Cédulas de Identidad N° V-13.143.872 y V-8.419.989, respectivamente, las cuales son valoradas como levantamiento de las bienhechurías sobre el Terreno Municipal anteriormente identificado.-
III
Por todos los razonamientos de hecho y de derecho anteriormente señalados y de conformidad con lo previsto en el Artículo 937 del Código de Procedimiento Civil y en las reglas previstas para el procedimiento voluntario señalados en el Código Adjetivo, este Tribunal Segundo de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios José Tadeo Monagas y San José de Guaribe de la Circunscripción Judicial del Estado Guárico, con sede en Altagracia de Orituco; Administrando Justicia en nombre de Dios, de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara TITULO SUPLETORIO, sobre las bienhechurías descritas a favor del ciudadano SIMÓN ALEXIS MOTABAN SANCHEZ, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-13.858.941, de este domicilió. Dejándose a salvo los derechos de terceros.-
Expídanse copias certificadas por secretaría, que fueren menester al solicitante y devuélvanse estas actuaciones con sus resultas originales.-
Diarícese.- Publíquese.- Regístrese y expídase copia certificada del presente fallo, de conformidad con los Artículos 247 y 248 del Código de Procedimiento Civil, en concordancia con el Artículo 1384 del Código Civil.- Cúmplase.-
Dada, firmada y sellada en la Sala de Despacho del Tribunal Segundo de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios José Tadeo Monagas y San José de Guaribe de la Circunscripción Judicial del Estado Guárico. En Altagracia de Orituco, a los Quince (15) días del mes de Mayo de Dos Mil Veintitrés (2.023).- Años 213º de la Independencia y 164º de la Federación.-
LA JUEZA,
Abg. LERIDA GONZALEZ FRONTADO
EL SECRETARIO TEMPORAL,
Abg. DONNY SILVA
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