REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Tribunal Séptimo (7º) de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo del Estado Guárico. Sede Valle de la Pascua
Valle de la Pascua, 16 de noviembre de 2023
213º y 164º
ASUNTO: JP51-L-2023-000056
PARTE ACTORA: ciudadano JOSE MANUEL ÁLVAREZ RODRÍGUEZ, venezolano, mayor de edad y titular de la cédula de identidad número V.-29.865.566.
ABOGADOS ASISTENTES DE LA PARTE ACTORA: los profesionales del derecho ciudadanos JOSE RAFAEL CORREA ORTEGA, venezolano, mayor de edad e inscrito en el Inpreabogado bajo los números 156.544. -
PARTE DEMANDADA: Entidad de Trabajo “MRP VALLE DE LA PASCUA, C.A”.
REPRESENTANTE DE LA DEMANDADA: Ciudadano RICHARD JOSE RAMÍREZ MUJICA, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad numero 28.129.696
ABOGADO ASISTENTE DE LA PARTE DEMANDADA: la profesional del derecho ciudadana ANILSA JACINTA GÓMEZ, inscrita en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el número 164.180.-
MOTIVO: COBRO DE PRESTACIONES SOCIALES.
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ACTA DE DESISTIMIENTO
En el día hábil de hoy, jueves dieciséis (18) de noviembre de dos mil veintitrés 2023, siendo las diez (10:00 a.m.) horas de la mañana, oportunidad para que tenga lugar la prolongación de la audiencia preliminar, en el juicio de Cobro de Prestaciones Sociales y Demás Beneficios Laborales, incoado por ciudadano JOSE MANUEL ALVAREZ RODRÍGUEZ, venezolano, mayor de edad y titular de la cédula de identidad número V.-29.865.566,, en contra de la Entidad de Trabajo “MRP VALLE DE LA PASCUA, C.A”., se deja constancia de la no comparecencia a esta Audiencia Preliminar de las partes, ni por sí ni por medio de apoderado judicial alguno, en consecuencia, dado a que la accionante no asistió al presente acto lo que no perjudica ni limita sus derechos laborales de los que es titular, aunado a la circunstancia que no hay un pronunciamiento jurisdiccional definitivamente firme que por efecto de la cosa juzgada impida ni limite ejercer nuevamente su derecho de acción, toda vez que lo que se extingue es el proceso más no se resuelve el fondo de sus pretensiones laborales y de conformidad con lo previsto en el artículo 130 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, este Tribunal Séptimo (7º) de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Guárico con sede en la ciudad de Valle de la Pascua, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley CONSIDERA DESISTIDO EL PROCEDIMIENTO Y TERMINADO EL PROCESO. Publíquese. Regístrese y se deja copia autorizada. Es todo. Termino, se leyó y conformen firman:
LA JUEZ;
Abg. AYBEL KARINA GONZÁLEZ
LA SECRETARIA,
Abg. NORELKYS ALBORNOZ
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