REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Tribunal Vigésimo Sexto (26°) de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Circuito Judicial del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas
Caracas, dieciséis (16) de octubre de dos veintitrés (2023)
213º y 164º
ASUNTO: AP21-L-2022-000082
PARTE ACTORA: HAROLD JOSÉ REQUENA ROMERO
APODERADOS DE LA PARTE ACTORA: RUBEN JOSÉ ESCALONA SAMARO y ANTONIO JOSÉ BRAVO CARTAYA, inscritos a en el INPREABOGADO bajo el N°76.969 y N°66.465, respectivamente.
PARTE DEMANDADA: EMBAJADA DE LA INDIA (EMBASSY OF INDIA, CARACAS), Consejero SURESH KUMAR acreditación PD-890-IND23
ABOGADA QUE ASISTE A LA PARTE DEMANDADA: ALBA MARÍA FANNY SALERNO TINOCO, inscrita en el INPREABOGADO bajo el N°39.639.
MOTIVO: DEMANDA POR PRESTACIONES SOCIALES Y OTROS CONCEPTOS LABORALES
En el día hábil de hoy dieciséis (16) de octubre de 2023, siendo la oportunidad fijada para que tenga lugar la celebración del Acto Conciliatorio, se deja constancia que comparecieron al mismo los ciudadanos: el ciudadano HAROLD JOSÉ REQUENA ROMERO, cédula de identidad N°V-11.038.532, sus apoderados judiciales abogados RUBEN JOSÉ ESCALONA SAMARO y ANTONIO JOSÉ BRAVO CARTAYA, inscritos a en el INPREABOGADO bajo el N°76.969 y N°66.465, respectivamente, y por la parte Demandada EMBAJADA DE LA INDIA (EMBASSY OF INDIA, CARACAS), compareció el ciudadano AROOP GAYAN N°pasaporte D1127194 en su condición de agregado N° acreditación PD-991-IND23 en la EMBAJADA DE LA REPÚBLICA DE LA INDIA EN VENEZUELA, debidamente asistido por la ciudadana abogada ALBA MARÍA FANNY SALERNO TINOCO, inscrita en el INPREABOGADO bajo el N°39.639, Igualmente, hizo acto de comparecencia el ciudadano EXPERTO CONTABLE EUGENIO GAMBOA BAUTISTA cédula de identidad N°V4.07.164, inscrito en el COLEGIO DE CONTADORES PÚBLICOS bajo el N°20.285. En este estado, se deja constancia que la parte Demandada paga en este acto el monto condenado equivalente a Bs.121.902,88 a través del instrumento valor cheque 00155915 girado contra el Banco Provincial, a favor de la parte Demandante. En cuanto a los emolumentos del experto contable, se fija oportunidad para el 25 de octubre de 2023 a las 10:30 am, a los fines dar cumplimiento al pago de los mismos en el cual asciende a la cantidad de $700 al cambio BCV 34,87 que equivalen a Bs.24.409,00. Es todo, y conformes firman.
La Juez
Mariela de Jesús Morales Soto
Parte Actora y Apoderados Judiciales de la parte Actora
Parte Demandada (Representante diplomático) y abogada que le asiste
Experto contable
La Secretaria
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