REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SUPERIOR CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO

San Juan de los Morros, veintitrés (23) de octubre de dos mil veintitrés (2023)
213º y 164º

Visto que en fecha diez (10) de octubre de dos mil veintitrés (2023), la Defensora Pública Auxiliar Primera, con competencia en materia Contencioso Administrativo, Abg. Leonor Leonides HERRERA TORREALBA (INPREABOGADO Nº 94.260) en su carácter de Apoderada Judicial del ciudadano MANUEL ENRIQUE ZAPATA (Cédula de Identidad Nº 12.324.294), consignó diligencia mediante la cual: …”solicito la ejecución voluntaria de la Sentencia de conformidad con lo establecido en el artículo 107 y siguientes de la Ley Orgánica de la Jurisdicción Contencioso Administrativo, previo la designación de experto contable…”, este Tribunal advierte que en fecha trece (13) de febrero de dos mil diecisiete (2017), dictó sentencia Nº PJ0102017000022, en la que declaró PARCIALMENTE CON LUGAR, la querella funcionarial interpuesta, contra la DIRECCIÓN EJECUTIVA DE LA MAGISTRATURA (DEM).
No obstante, por cuanto no consta en el expediente que se hubiere cumplido con lo ordenado en la sentencia antes mencionada, se ordena oficiar al DIRECTOR EJECUTIVO DE LA MAGISTRATURA (DEM), a los fines que informe si se dio cumplimiento al referido fallo, y de haber cumplido con la misma, remita las documentales de las cuales se verifique dicho cumplimiento, para lo cual se le otorga un lapso de treinta (30) días continuos, lapso que comenzará a computarse una vez conste en autos su notificación. Líbrese oficio.
La Juez,


Abg. NEYLA C. QUINTANA V.
La Secretaria,




Abg. ROSA V. RIVERA OCHOA


Exp. Nº JP41-G-2014-000102
NCQY/RVRO/djmr