REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SUPERIOR CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO
San Juan de los Morros, cuatro (04) de octubre de dos mil veintitrés (2023)
213º y 164º
De la revisión de las actuaciones que conforman el presente asunto, se evidencia, que en fecha dieciocho (18) de noviembre del dos mil veintiuno (2021) el Juzgado Nacional Primero de lo Contencioso Administrativo de la Región Capital, dictó Decisión Nº 2021-243, donde se “…declara DESISTIDO, el recurso de apelación ejercido y en consecuencia, se declara FIRME el fallo dictado el seis (06) de agosto de dos mil siete (2007), por el Juzgado Superior en lo Civil (Bienes) y Contencioso Administrativo de la Circunscripción Judicial de la Región Central, con sede en Maracay, estado Aragua, mediante el cual declaró inadmisible el Recurso Contencioso Administrativo Funcionarial…”, interpuesto por la ciudadana CARMEN AÍDA DELGADILLO MALAVE (Cédula de Identidad Nº 7.297.652), asistida de abogado, contra la GOBERNACIÓN DEL ESTADO BOLIVARIANO DE GUÁRICO. Ahora bien, por cuanto no queda ninguna otra actuación por realizar, este Juzgado declara TERMINADO el presente asunto, yordena el cierre y archivo del expediente constante de una (01) pieza principal conformada por doscientos tres (203) folios útiles y un (01) pieza de antecedentes administrativos conformada por ciento cincuenta y dos (152) folios útiles.
La Juez,
Abg. NEYLA C. QUINTANA V.
La Secretaria,
Abg. ROSA V. RIVERA OCHOA
Exp. Nº. JP41-G-2022-000050
NCQV/RVRO/djmr