REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SUPERIOR CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO

San Juan de los Morros, veintiséis (26) de septiembre de dos mil veintitrés (2023)
213º y 164º

Vista la diligencia de fecha diecisiete (17) de julio de dos mil veintitrés (2023), presentada por la abogadaJordania Santa Lucia MORLES REQUENA,(INPREABOGADO Nº 184.210), actuando en Representación de la República Bolivariana de Venezuela por Órgano del Servicio Nacional Integrado de Administración Aduanera y Tributaria (SENIAT), mediante la cual APELO de la sentencia Nº PJ0102023000050, dictada por este Juzgado, en la que se declaró CON LUGAR,laquerella funcionarial interpuesta por el ciudadanoMARCO ANTONIO AGUDELO DÍAZ.
Este Tribunal, en virtud de que el referido recurso se interpuso tempestivamente, se ADMITE y en consecuencia OYE EN AMBOS EFECTOS la apelación ejercida, por tanto, se ordena remitir el presente expediente a la Unidad de Recepción y Distribución de Documentos (URDD) de los Juzgados Nacionales Primero y Segundo De Lo Contencioso Administrativo De la Región Capital como órgano ad quem, según lo dispuesto en el artículo 87 de la Ley Orgánica de la Jurisdicción Contencioso Administrativa. Líbrese oficio respectivo.
La Jueza,


Abg. NEYLA C. QUINTANA V.
La Secretaria,



Abg. ROSA. V. RIVERA OCHOA.


Exp. Nº JP41-G-2022-000026
NCQV/RVRO/djmr