REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SUPERIOR CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO

San Juan de los Morros, tres (03) de abril de dos mil veinticuatro (2024)
213º y 165º

Recibido como ha sido el Expediente distinguido con el Nº: AB41-R-2018-000005 (nomenclatura de la Corte Primera de lo Contencioso Administrativo de la región Capital, hoy Juzgado Nacional Primero Contencioso Administrativo, de la Región Capital, Caracas), mediante oficio Nº 2024-0117, de fecha trece (13) de marzo de dos mil veinticuatro (2024), contentivo del Recurso Contencioso Administrativo Funcionarial interpuesto por el ciudadano DANIEL SAMUEL NIEVES LINARES (Cédula de Identidad Nº V-18.552.960), contra la GOBERNACIÓN DEL ESTADO BOLIVARIANO DE GUÁRICO (POLICÍA DEL ESTADO BOLIVARIANO DE GUÁRICO). Dicha remisión se efectuó en virtud de la Sentencia dictada por el referido Juzgado en fecha veintiuno (21) de diciembre de dos mil veintitrés (2023), la cual declaró: “…1.-Su COMPETENCIA para conocer el recurso de apelación (...) 2.-DESISTIDO el recurso de apelación interpuesto. 3.-PROCEDENTE entrar a conocer en Consulta. 4.-CONFIRMA la sentencia de fecha 27 de septiembre de 2017, (…)...”. En consecuencia este Órgano Jurisdiccional ordena darle entrada al asunto y registrar su REINGRESO en los libros respectivos con las anotaciones correspondientes. Dicho expediente está conformado por una (1) pieza judicial, constante de ciento cinco (105) folios útiles y un (1) expediente disciplinario conformado por ciento sesenta y cinco (165) folios útiles, respectivamente, relacionado con la presente causa.
La Juez,


Abg. NEYLA C. QUINTANA VENTURA.
La Secretaria,

Abg. ROSA V. RIVERA OCHOA.
Exp. JP41-G-2017-000019
NCQV/RVRO/ydsp