REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SUPERIOR CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO
San Juan de los Morros, tres (03) de abril de dos mil veinticuatro (2024)
213º y 165º
Recibido como ha sido el Expediente distinguido con el Nº: AP42-R-2016-000639 (nomenclatura de la Corte Primera de lo Contencioso Administrativo de la región Capital, hoy Juzgado Nacional Primero Contencioso Administrativo, de la Región Capital, Caracas), mediante oficio Nº 2024-0097, de fecha veintisiete (27) de febrero de dos mil veinticuatro (2024), contentivo de la Demanda por Abstención interpuesta por el ciudadano LEOTULFO ANTONIO TORRES CALDERÓN (Cédula de Identidad Nº V-8.615.461), contra la ALCALDÍA DEL MUNICIPIO FRANCISCO DE MIRANDA DEL ESTADO GUÁRICO. Dicha remisión se efectuó en virtud de la Sentencia dictada por el referido Juzgado en fecha veintiocho (28) de noviembre de dos mil veintitrés (2023), la cual declaró: “…1.-SU COMPETENCIA para conocer la apelación (...) 2.-SIN LUGAR el recurso de apelación interpuesto. 3.-CONFIRMA el fallo dictado por el referido Juzgado...”. En consecuencia este Órgano Jurisdiccional ordena darle entrada al asunto y registrar su REINGRESO en los libros respectivos con las anotaciones correspondientes. Dicho expediente está conformado por una (1) pieza judicial, constante de sesenta y tres (63) folios útiles.
La Jueza
Abg. NEYLA C. QUINTANA VENTURA.
La Secretaria,
Abg. ROSA V. RIVERA OCHOA.
Exp. JP41-G-2016-000056
NCQV/RVRO/ydsp