REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SUPERIOR CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO

San Juan de los Morros, treinta (30) de abril de dos mil veinticuatro (2024)
214º y 165º

Recibido como ha sido el expediente signado con el Nº AP42-R-2013-000501 (nomenclatura del Juzgado Nacional Primero Contencioso Administrativo, de la Región Capital, Caracas), mediante oficio Nº 2024-0156 de fecha veintiuno (21) de marzo de dos mil veinticuatro (2024), contentivo del Recurso de Nulidad con Medida Cautelar de Suspensión de Efectos, interpuesta por el abogado Héctor José DÍAZ MORALES (INPREABOGADO Nº 56.592), actuando como Apoderado Judicial de la sociedad mercantil CONSTRUCCIONES Y MANTENIMIENTOS DEL CENTRO COMANCEN, C.A., contra la ALCALDÍA DEL MUNICIPIO JUAN GERMÁN ROSCIO NIEVES DEL ESTADO BOLIVARIANO DE GUÁRICO. Dicha remisión se efectúa en virtud de la Sentencia dictada por el referido Juzgado en fecha veinte (20) de diciembre de dos mil veintitrés (2023), mediante la cual se pronunció sobre el Recurso de Apelación ejercido, declarando “…1-. La PÉRDIDA DEL INTERÉS PROCESAL, LA EXTINCIÓN DEL PROCESO en el presente recurso de apelación; 2. FIRME la sentencia dictada en fecha 15 de marzo de 2013 por el hoy Juzgado Superior Estadal Contencioso Administrativo de la Circunscripción Judicial del estado Guárico. (…)(...), remítase el expediente al Juzgado de origen. (Mayúsculas y Negrillas del Texto); es por ello, que este Órgano Jurisdiccional ordena darle entrada al asunto conformado por una (01) pieza principal contentiva de doscientos setenta y ocho (278) folios útiles, un (01) cuaderno separado, de ciento setenta y dos (172) folios útiles y un (01) expediente administrativo relacionado con la presente causa, y registrar su REINGRESO en los libros respectivos con las anotaciones correspondientes.
La Juez,


Abog. NEYLA C. QUINTANA V.
La Secretaria.



Abog. ROSA V. RIVERA OCHOA
Exp. Nº JP41-G-2012-000027
NCQV/RVRO/dnbg