REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SUPERIOR CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO
San Juan de los Morros, dieciséis (16) de enero de dos mil veinticuatro (2024)
213º y 164º
Vista la decisión dictada por este Juzgado Superior Contencioso Administrativo en fecha diecinueve (19) de septiembre de dos mil veintitrés (2023), mediante la cual declaró CON LUGAR la querella funcionarial interpuesta conjuntamente con medida cautelar por la ciudadana YOJANA YAMARILIS MOLINA RIVERA (Cédula de Identidad Nº V-. 15.711.326) asistida de abogada, contra el INSTITUTO VENEZOLANO DE LOS SEGUROS SOCIALES y vencido como se encuentra el lapso para que las partes ejercieran el recurso de apelación sin haberlo interpuesto, este Juzgado ordena remitir el presente asunto a los Juzgados Nacionales Primero y Segundo de lo Contencioso Administrativo de la Región Capital, de conformidad con lo establecido en el artículo 84 del Decreto con Rango, Valor y Fuerza de Ley Orgánica de la Procuraduría General de la República, a los fines del pronunciamiento respecto a la consulta legal obligatoria.
La Juez,
Abog. NEYLA C. QUINTANA V.
La Secretaria,
Abog. ROSA V. RIVERA OCHOA.
Exp. Nº JP41-G-2022-000045
NCQV/RVRO/leay