REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SUPERIOR CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO

San Juan de los Morros, dieciocho (18) de enero de dos mil veinticuatro (2024)
213º y 164º

De la revisión de las actas que conforman el presente asunto, se evidencia, que en fecha veintiuno (21) de febrero del año dos mil dos (2002), el Juzgado Superior en lo Civil (Bienes) y Contencioso Administrativo de la Circunscripción Judicial de la Región Central, con sede en Maracay, estado Aragua (Hoy Juzgado Superior Contencioso Administrativo de la Circunscripción Judicial del estado Aragua) declaró PARCIALMENTE CON LUGAR la acción de Amparo Constitucional interpuesta por el abogado Carlos Ernesto MÉNDEZ MOTA (INPREABOGADO Nº 74.064), actuando en carácter de Apoderado Judicial del ciudadano ARGENIS DEL CARMEN PÉREZ (Cédula de Identidad Nº V- 4.142.046), contra el CONSEJO LEGISLATIVO DEL ESTADO BOLIVARIANO DE GUÁRICO. Visto que, contra el aludido fallo no se interpuso recurso alguno, este Tribunal, declara DEFINITIVAMENTE FIRME la sentencia antes mencionada y por cuanto no queda nada pendiente por ejecutar TERMINADA la causa, ordenando el cierre y archivo del expediente constante de una (01) pieza principal conformada por ochenta y seis (86) folios útiles.
La Juez,


Abog. NEYLA C. QUINTANA V.
La Secretaria,



Abog. ROSA V. RIVERA OCHOA.


Exp. JE41-O-2001-000004
NCQV/RVRO/dnbg