REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SUPERIOR CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO

San Juan de los Morros, primero (01) de febrero de dos mil veinticuatro (2024)
213º y 164º

Visto que en fecha veintinueve (29) de noviembre de dos mil veintitrés (2023), este Juzgado notificó por boleta en la cartelera de este Tribunal, al ciudadano HENRY ALFONSO ROMERO CHACÓN (Cédula de Identidad Nº 7.095.783), de la sentencia publicada el once (11) de octubre de dos mil cuatro (2004), donde el Juzgado Superior en lo Civil (Bienes) y Contencioso Administrativo de la Circunscripción Judicial de la Región Central, con Sede en Maracay, estado Aragua (hoy Juzgado Superior Contencioso Administrativo de la Circunscripción Judicial de estado Aragua), en la que declaró PARCIALMENTE CON LUGAR el Recurso Contencioso Administrativo Funcionarial, contra la ALCALDÍA DEL MUNICIPIO LAS MERCEDES DEL LLANO DEL ESTADO BOLIVARIANO DE GUÁRICO, otorgando un lapso de (10) días de despacho contados a partir que constará en autos su notificación para que expusiera lo que a bien tuviera que decir, y de no dar respuesta se entendería que nada quedaba pendiente por ejecutar en el presente juicio y declararía terminado y se ordenaría el cierre y archivo del expedientey por cuanto no queda nada pendiente por ejecutar, este Juzgado declara TERMINADA la causa, y en consecuencia, se ordena el cierre y archivo del expediente constante de una (01) pieza conformada por cuatrocientos ochenta y uno (481) folios útiles.
La Juez,

Abg. NEYLA C. QUINTANA VENTURA.
La Secretaria,


Abg. ROSA V. RIVERA OCHOA.




Exp. Nº JE41-G-2004-000005
NCQV/RVRO/ydsp