REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SUPERIOR CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO

San Juan de los Morros, cinco (05) de febrero de dos mil veinticuatro (2024)
213º y 164º

Visto que este Juzgado Superior, en fecha veintiséis (26) de junio de dos mil veintitrés (2023), ADMITIÓ la Demanda de Contenido Patrimonial interpuesta conjuntamente con medidas preventivas de embargos y de prohibición de enajenar y gravar, por el abogado René del Jesús RAMOS FERMÍN (INPREABOGADO Nº 157.363), actuando con el carácter de apoderado judicial de la empresa estadal AGROGUARICO POTENCIA S.A., contra el ciudadano JOSÉ GREGORIO QUINTANA (Cédula de Identidad Nº 19.709.622) y por cuanto corresponde la notificación del PROCURADOR GENERAL DEL ESTADO BOLIVARIANO DE GUÁRICO,y la citación del ciudadano JOSÉ GREGORIO QUINTANA (Cédula de Identidad Nº 19.709.622), este Órgano Jurisdiccional procede a librar el oficio y boleta respectiva. Líbrese oficio y boleta.
La Juez,


Abg. NEYLA C. QUINTANA VENTURA.
La Secretaria,


Abg. ROSA V. RIVERA OCHOA.




Exp. Nº JP41-G-2023-000048
NCQV/RVRO/ydsp