REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL DÉCIMO TERCERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL, TRÁNSITO, BANCARIO Y MARÍTIMO CON SEDE EN LA CIUDAD DE CARACAS.
Caracas, 12 de julio de 2024
Años: 213º y 165º
En virtud de haber sido designada Juez Suplente de este Tribunal por la Comisión Judicial del Tribunal Supremo de Justicia, comunicado mediante oficio N° CJ-161389, de fecha treinta y uno (31) de mayo de 2016, y juramentada en fecha nueve (9) de enero del 2018, me ABOCO al conocimiento de la presente causa en el estado que se encuentra.
Ahora bien, vista la diligencia de fecha once (11) de julio de 2024, suscrita de manera conjunta por la abogado en ejercicio Gisela García, inscrita en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el N° 57.876, actuando como apoderada judicial de la parte actora y por el abogado en ejercicio Daniel Guillen Dieppa, inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el N° 117.214, actuando como apoderado judicial de la empresa Eternus Group, INC., donde consignaron transacción celebrada entre las partes, debidamente notariada ante la Notaría Pública Vigésima Tercera de Caracas, en fecha ocho (8) de julio de 2024; y verificada como se encuentra la capacidad para transigir que le fue otorgada a los apoderados judiciales que describe la transacción, este Juzgado, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, HOMOLOGA la transacción celebrada entre la empresa Pollux C.A., INC, y la empresa Eternus Group, INC, y por tanto, DECLARA terminado el proceso. Es todo.-
LA JUEZ SUPLENTE
LILIANA FALCICCHIO ROSCIOLI
LA SECRETARIA
MARYORY TORRES TORRES
LFR/mtt.-
Exp. 2023-001204
|