REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SUPERIOR CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO

San Juan de los Morros, dieciocho (18) de julio de dos mil veinticuatro (2024)
214º y 165º

Visto que en fecha dieciséis (16) de julio del presente año, este Juzgado dictó sentencia Nº PJ0102024000049 mediante la cual declaro “… 1 Su COMPETENCIA (…) 2 ADMITE el presente recurso. 3 ORDENA notificar (…) 4 ORDENA la publicación del cartel de emplazamiento a que se refiere el articulo 80 de la Ley Orgánica de la Jurisdicción Contencioso Administrativa. 5 PROCEDENTE la acción de amparo cautelar. 6 ORDENA incluir a la accionante ciudadana ÍNGRID JOSEFINA DEL VALLE HERNÁNDEZ (…) en el equipo de Bolas Criollas Femenino del Colegio de Abogados del estado Guárico, hasta que se dicte decisión que ponga fin al presente juicio …”, todo ello relacionado con el Recurso Contencioso Administrativo de Nulidad interpuesto conjuntamente con medida de Amparo Constitucional Cautelar, por la ciudadana ÍNGRID JOSEFINA DEL VALLE HERNÁNDEZ (Cédula de Identidad Nº 7.294.550), asistida por las abogadas Blanca ARMAS, Grisel SALGADO y Karelys RANGEL (INPREABOGADOS Nros 158.582, 155.876 y 322.857), contra el acto administrativo dictado por el COLEGIO DE ABOGADOS Y CONTRA LA COMISIÓN DE DEPORTES DEL COLEGIO DE ABOGADOS DEL ESTADO GUÁRICO, y por cuanto se ordeno notificar al FISCAL SUPERIOR DEL ESTADO GUÁRICO al PRESIDENTE DEL COLEGIO DE ABOGADOS DEL ESTADO GUÁRICO y al PRESIDENTE DE LA FEDERACIÓN DEPORTIVA DE ABOGADOS EN VENEZUELA (FEDEAV), este Tribunal ordena librar los oficios respectivos. Líbrese oficios.
La Juez,

Abog. NEYLA C. QUINTANA V.

La Secretaria.

Abog. ROSA V. RIVERA. OCHOA.


Exp. JP41-G-2024-000017
NCQV/RVRO/leay