REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SUPERIOR CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO

San Juan de los Morros, veinticinco (25) de julio de dos mil veinticuatro (2024)
214º y 165º



De la revisión de las actas que conforman el expediente, este Juzgado superior advierte, que contra la decisión Nº PJ0102019000055, dictada en fecha primero (1º) de octubre de dos mil diecinueve (2019), en el presente Recurso Contencioso Administrativo Funcionarial no se interpuso recurso alguno, por lo tanto, se declara DEFINITIVAMENTE FIRME; no quedando alguna otra actuación por realizar, asimismo, este Órgano Jurisdiccional declara TERMINADA la causa y ordena el cierre y archivo del presente expediente, conformado por una (01) pieza contentiva de setenta y seis (76) folios útiles.

La Juez,


Abog. NEYLA C. QUINTANA V.
La Secretaria.




Abog. ROSA V. RIVERA OCHOA



Exp. Nº JE41-G-2009-000011
NCQV/RVRO/ysmv