REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SUPERIOR CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO
San Juan de los Morros, treinta y uno (31) de julio de dos mil veinticuatro (2024)
214º y 165º
Visto que en fecha veintidós (22) de julio del presente año, mediante diligencia el Abogado Sorocaima MARÍNEZ (INPREABOGADO Nº 253.064), actuando con el carácter de Síndico Procurador Municipal del Municipio Francisco de Miranda del estado Guárico, solicitó: “…copia certificada de la sentencia que reposa en el expediente Nº JP41-G-2017-0000066; desde el folio 275 al folio 282; de las copias solicitadas solicito un (01) juego de las mismas…”, Este Juzgado de conformidad con lo previsto en el artículo 112 del Código de Procedimiento Civil, ACUERDA previa consignación de los fotostatos necesarios, la certificación de las referidas copias por cuanto constan en original en el expediente.
La Juez,
Abog. NEYLA C. QUINTANA V.
La Secretaria,
Abog. ROSA V. RIVERA OCHOA.
Exp. Nº JP41-G-2017-000066
NCQV/RVRO/leay