REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SUPERIOR CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO
San Juan de los Morros, dieciocho (18) de marzo de dos mil veinticuatro (2024)
213º y 165º
De la revisión de las actas que conforman este expediente, este Juzgado Superior, en fecha veintiocho (28) de octubre del año dos mil catorce (2014), dictó sentencia Nº PJ0102014000137 en la que declaró PARCIALMENTE CON LUGAR, el Recurso Contencioso Administrativo Funcionarial interpuesto por el abogado Miguel Antonio LEDÓN DOMÍNGUEZ (INPREABOGADO Nº 33.408), actuando con el carácter de Apoderado Judicial de la ciudadana CONSTANZA BEATRIZ COLMENARES (Cédula de Identidad Nº 7.278.868), contra la ALCALDÍA DEL MUNICIPIO FRANCISCO DE MIRANDA DEL ESTADO BOLIVARIANO DE GUÁRICO. Ahora bien, el cuatro (04) de diciembre de dos mil veintitrés (2023), se le otorgó un lapso de diez (10) días de despacho contados a partir que constará en autos su notificación para que expusiera lo que a bien tuviera que decir, y de no dar respuesta se entendería que nada quedaba pendiente por ejecutar en el presente juicio y declararía terminado y se ordenaría el cierre y archivo del expediente y por cuanto se evidencia que no se obtuvo respuesta, se entiende que no queda nada pendiente por ejecutar, en virtud de lo cual este Juzgado declara, DEFINITIVAMENTE FIRME la sentencia antes mencionada y TERMINADA la causa, ordenando el cierre y archivo del expediente constante de dos (02) piezas; la primera conformada por trescientos sesenta (360) folios útiles, la segunda conformada por treinta y dos (32) folios útiles y un (01) cuaderno de Antecedentes Administrativos.
La Juez,
Abg. NEYLA C. QUINTANA V.
La Secretaria,
Abg. ROSA V. RIVERA OCHOA.
Exp. Nº JE41-G-2007-000082
NCQV/RVRO/ydsp