REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SUPERIOR CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO

San Juan de los Morros, siete (07) de marzo de dos mil veinticuatro (2024)
213º y 165º

Visto que en esta misma fecha, mediante diligencia el ciudadano JENFRI RAFAEL ESCALONA TOSCADO (Cédula de Identidad Nº 18.219.467), parte actora en el presente asunto, asistido por el abogado René del Jesús RAMOS FERMÍN (INPREABOGADO Nº 157.363), solicitó “…copias certificadas de la admisión del presente asunto…”, Este Juzgado de conformidad con lo previsto en el artículo 112 del Código de Procedimiento Civil, ACUERDA previa consignación de los fotostatos necesarios, la certificación de las referidas copias por cuanto constan en original en el expediente.
La Juez,


Abog. NEYLA C. QUINTANA V.
La Secretaria,


Abog. ROSA V. RIVERA OCHOA


Exp. Nº JP41-G-2024-000003
NCQV/RVRO/leay