REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SUPERIOR CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO
San Juan de los Morros, veintiuno (21) de mayo de dos mil veinticuatro (2024)
214º y 165º
De la revisión de las actas que conforman el presente asunto se evidencia que en fecha veintinueve (29) de abril de dos mil veinticuatro (2024), este Órgano Jurisdiccional dictó sentencia Nº PJ0102024000033 en la cual declaró la EXTINCIÓN DE LA ACCIÓN POR PÉRDIDA SOBREVENIDA DEL INTERÉS PROCESAL, en la Demanda de Contenido Patrimonial (Daños y Perjuicios), interpuesta por la abogada Yngrid Josefina AQUINO INFANTE (INPREABOGADO Nº 31.312), actuando con el carácter de apoderada judicial del ciudadano OMAR SANTANA ALAS (Cédula de Identidad Nrº 8.623.617), contra la GOBERNACIÓN DEL ESTADO BOLIVARIANO DE GUÁRICO y por cuanto no queda nada pendiente por ejecutar, este Tribunal declara TERMINADA la causa, ordenando el cierre y archivo del expediente constante de una (01) pieza principal conformada por noventa y cinco (95) folios útiles.
La Juez,
Abog. NEYLA C. QUINTANA V.
La Secretaria,
Abog. ROSA V. RIVERA OCHOA.
Exp. JE41-G-2008-000042
NCQV/RVRO/dnbg