REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SUPERIOR CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO
San Juan de los Morros, veintidós (22) de mayo de dos mil veinticuatro (2024)
214º y 165º
Visto que en fecha veintiuno (21) de mayo del presente año, este Juzgado dictó sentencia Nº PJ0102024000037 mediante la cual declaró: “… 1 Su COMPETENCIA (…) 2 ADMITE el presente recurso. 3 ORDENA citar (…) 4 PROCEDENTE la acción de amparo cautelar. 5 SUSPENDE LOS EFECTOS de la presunta juramentación que hiciera el ciudadano Alcalde del Municipio Ortiz del estado Bolivariano de Guárico al cargo de Síndico Procurador del aludido Municipio de una ciudadana presuntamente identificada como Oscarina Pérez…”. Todo ello relacionado con el Recurso Contencioso Administrativo Funcionarial interpuesto conjuntamente con Amparo Cautelar, por el ciudadano JESÚS SALAZAR (Cédula de Identidad Nº 3.095.991), e (INPREABOGADO Nº 19.101), actuando en su nombre y representación, contra la ALCALDÍA DEL MUNICIPIO ORTIZ DEL ESTADO BOLIVARIANO DE GUÁRICO, y por cuanto se ordeno citar al SÍNDICO PROCURADOR DEL MUNICIPIO ORTIZ DEL ESTADO BOLIVARIANOD DE GUÁRICO y notificar al ALCALDE DEL MUNICIPIO ORTIZ DEL ESTADO BOLIVARIANO DE GUÁRICO, este Tribunal ordena librar los oficios respectivos. Líbrese oficios.
La Juez,
Abog. NEYLA C. QUINTANA V.
La Secretaria.
Abog. ROSA V. RIVERA OCHOA
Exp. JP41-G-2024-000013
NCQV/RVRO/leay