REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SUPERIOR CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO

San Juan de los Morros, once (11) de noviembre de dos mil veinticuatro (2024)
214º y 165º

Visto que en fecha veintidós (22) de febrero del presente año, este Juzgado Superior dictó sentencia Nº PJ0102024000010, en el cuaderno separado de medidas (Nº JP41-X-2024-000002), relacionado con el expediente (Nº JP41-G-2023-000046), mediante la cual declaró “… 1) PROCEDENTE la Solicitud de MEDIDAS PREVENTIVAS DE EMBARGO el cual alude a los bienes muebles identificados en la presente causa por la parte actora ´…un Tractor marca Veniran, modelo 399110HP2WD, año 2011, serial de chasis CO361, serial de motor YAW1296V, según consta factura de fecha 03 de marzo de 2018 (…) una abonadora, modelo 600 pendular, según se desprende de factura de fecha 02 de junio de 2009 (…) una rastra de 20 discos, marca Rotragro y 290 semovientes identificados en el Balance de fecha 25 de junio de 2021 (…)´. 2) PROCEDENTE la solicitud de MEDIDA DE PROHIBICIÓN DE ENAJENAR Y GRAVAR sobre los bienes inmuebles propiedad del Demandado el cual identificó ´…un fundo agropecuario denominado Jagueyeito, con una extensión de terreno de 222 har, según Titulo de Adjudicación Socialista Agrario´. 3) Se ORDENA notificar al Registro Público del Municipio Pedro Zaraza de la Circunscripción del Estado Guárico….” Todo ello relacionado con la Demanda de Contenido Patrimonial interpuesta conjuntamente con medidas preventivas de embargo y prohibición de enajenar y gravar, por el abogado René del Jesús RAMOS FERMÍN (INPREABOGADO Nº 157.363), actuando en representación del ciudadano LORENZO RAMÓN MATHEUS GONZÁLEZ, quien actúa bajo el carácter de presidente de la empresa estadal AGROGUÁRICO POTENCIA, contra el ciudadano JOSÉ VICENTE RAMOS (Cédula de Identidad Nº 8.420.619), y se ordenó notificar de la referida decisión, es por lo que se ordena librar el oficio respectivo. Líbrese oficio.
La Juez,


Abog. NEYLA C. QUINTANA V.
La Secretaria.




Abog. ROSA V. RIVERA OCHOA.


Exp. Nº JP41-G-2023-000046
JP41-X-2024-000002
NCQV/RVRO/dnbg