REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SUPERIOR CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO
San Juan de los Morros, trece (13) de noviembre de dos mil veinticuatro (2024)
214º y 165º
Recibido como ha sido el expediente signado con el Nº AP42-R-2017-000301 (nomenclatura de la Corte Primera de lo Contencioso Administrativo, hoy Juzgado Nacional Primero Contencioso Administrativo, de la Región Capital, Caracas), mediante oficio Nº 2024-0875 de fecha primero (01) de octubre de dos mil veinticuatro (2024), contentivo de la remisión del Recurso Contencioso Administrativo Funcionarial interpuesto por el ciudadano JOSÉ GABRIEL GONZÁLEZ ESPINOZA (Cédula de Identidad Nº V- 13.448.101), asistido de abogado contra la GOBERNACIÓN DEL ESTADO BOLIVARIANO DE GUÁRICO (POLICÍA DEL ESTADO BOLIVARIANO DE GUÁRICO). Dicha remisión se efectúa en virtud de la Sentencia dictada por el referido Juzgado en fecha seis (06) de junio de dos mil veinticuatro (2024), mediante la cual se pronunció sobre el Recurso de Apelación ejercido, declarando: “… la PERDIDA DEL INTERÉS de la parte apelante y la EXTINCIÓN DEL PROCESO en la presente apelación, (…) remítase el presente expediente al Juzgado de origen…”. (Mayúsculas y Negrillas del Texto); es por ello, que este Órgano Jurisdiccional ordena darle entrada al asunto conformado por una (01) pieza principal contentiva de doscientos sesenta y seis (266) folios útiles, un (01) cuaderno separado de medidas constante de veintisiete (27) folios útiles y un (01) expediente disciplinario relacionado con la presente causa., así como también, registrar su REINGRESO en los libros respectivos con las anotaciones correspondientes.
La Juez,
Abog. NEYLA C. QUINTANA V.
La Secretaria.
Abog. ROSA V. RIVERA OCHOA
Exp. Nº JP41-G-2015-000040
NCQV/RVRO/dnbg