REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SUPERIOR CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO

San Juan de los Morros, trece (13) de noviembre de dos mil veinticuatro (2024)
214º y 165º

Recibido como ha sido el expediente signado con el Nº 2022-262 (nomenclatura del Juzgado Nacional Primero Contencioso Administrativo, de la Región Capital, Caracas), mediante oficio Nº 2024-0940 de fecha ocho (08) de octubre de dos mil veinticuatro (2024), contentivo de la remisión del Recurso Contencioso Administrativo Funcionarial interpuesto por la ciudadana ZAMORA RISSO NORIS COROMOTO (Cédula de Identidad Nº V- 10.983.512), asistido de abogado contra la POLICÍA DEL ESTADO BOLIVARIANO DE GUÁRICO. Dicha remisión se efectúa en virtud de la Sentencia dictada por el referido Juzgado en fecha dos (02) de octubre de dos mil veinticuatro (2024), mediante la cual se pronunció sobre el Recurso de Apelación ejercido declarando: “… PRIMERO: COMPETENTE para conocer del recurso de apelación ejercido (…) SEGUNDO: DECLARA CON LUGAR LA APELACIÓN (…) TERCERO: Se REVOCA la sentencia apelada (…) CUARTO: Se ordena al a quo, que se pronuncie respecto a la admisibilidad (…) remítase el expediente al Tribunal de origen (…)…”. (Mayúsculas y Negrillas del Texto); es por ello, que este Órgano Jurisdiccional ordena darle entrada al asunto conformado por una (01) pieza judicial constante de sesenta y un (61) folios útiles, así como también, registrar su REINGRESO en los libros respectivos con las anotaciones correspondientes.
La Juez,

Abog. NEYLA C. QUINTANA V.
La Secretaria.




Abog. ROSA V. RIVERA OCHOA



Exp. Nº JP41-G-2022-000046
NCQV/RVRO/dnbg