REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SUPERIOR CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO
San Juan de los Morros, catorce (14) de octubre de dos mil veinticuatro (2024)
214º y 165º
Recibido como ha sido el expediente signado con el Nº AP42-R-2016-000012 (nomenclatura del Juzgado Nacional Primero Contencioso Administrativo, de la Región Capital, Caracas) mediante oficio Nº 2024-0728 de fecha diecisiete (17) de septiembre de dos mil veinticuatro (2024), contentivo de la remisión del Recurso Contencioso Administrativo Funcionarial interpuesto por la ciudadana ELOINA MONTENEGRO DE MITCHELL (Cédula de Identidad Nº V-7.278.656), asistida de abogado, contra la GOBERNACIÓN DEL ESTADO BOLIVARIANO DE GUÁRICO. Dicha remisión se efectúa en virtud de la Sentencia dictada por el referido Juzgado en fecha treinta (30) de enero de dos mil veinticuatro (2024), mediante la cual se pronunció sobre el Recurso de Apelación ejercido, declarando “…. 1. La PÉRDIDA DEL INTERÉS PROCESAL, LA EXTINCIÓN DEL PROCESO en el presente recurso de apelación 2. PROCEDENTE en entrar a conocer en Consulta. 3. CONFIRMA, y en consecuencia, declara FIRME la sentencia dictada en fecha 13 de mayo de 2015, por el Juzgado Superior Estadal Contencioso Administrativo de la Circunscripción Judicial del estado Guárico. (…)”, (Mayúsculas y Negrillas del Texto); es por ello, que este Órgano Jurisdiccional ordena darle entrada al asunto conformado por una (01) pieza principal contentiva de ciento setenta (170) folios útiles y un (01) expediente administrativo, relacionado con la causa así como también, registrar su REINGRESO en los libros respectivos con las anotaciones correspondientes.
La Juez,
Abog. NEYLA C. QUINTANA V.
La Secretaria.
Abog. ROSA V. RIVERA OCHOA
Exp. Nº JE41-G-2014-000090
NCQV/RVRO/ysmv