REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SUPERIOR CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO

San Juan de los Morros, dieciséis (16) de octubre de dos mil veinticuatro (2024)
213º y 164 º

Visto que en fecha catorce (14) de marzo de dos mil veintitrés (2023), se libró Boleta de citación Nº 2023-021 dirigida a la ciudadana GLEIDYS REBECA MENDOZA HERRERA (Cédula de Identidad Nº V-. 14.319.540), y a su vez se libró comisión mediante oficio Nº 2023-066 al Tribunal de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio José Félix Ribas de la Circunscripción Judicial del estado Guárico. Ahora bien, por cuanto el ciudadano CARLOS JAVIER BELISARIO CORREA (Cédula de Identidad Nº 22.887.668), en su carácter de Alguacil del Tribunal de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio José Félix Ribas de la Circunscripción Judicial del estado Guárico, en fecha doce (12) de julio de dos mil veintitrés (2023) mediante consignación expuso “…Consigno BOLETA DE NOTIFICACIÓN SIN FIRMAR (…) librada para la ciudadana GLEIDYS REBECA MENDOZA HERRERA (…) domiciliada en la Calle Centeno, Casa Nº 38, Casco Central Tucupido del Estado Guárico, consigo Boleta de Notificación sin firmar por cuanto me dirigí a la dirección up supra; encontrándome con la ciudadana GLEIDYS REBECA MENDOZA HERRERA, donde manifestó “No firmaré la boleta puesto que desconozco el día que debo asistir al juzgado, por tal motivo no se pudo hacer entrega de dicha notificación…”; razón por la cual, se entiende citada a la ciudadana GLEIDYS REBECA MENDOZA HERRERA (Cédula de Identidad Nº V-. 14.319.540), y en virtud de lo anterior este Juzgado ordena continuar la tramitación del presente asunto, de conformidad con lo establecido en el artículo 57 de la Ley Orgánica de la Jurisdicción Contencioso Administrativa.
La Juez,

Abog. NEYLA C. QUINTANA V.
La Secretaria.


Abog. ROSA V. RIVERA OCHOA.

Exp. JP41-G-2023-000012
NCQV/RVRO/leay