REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SUPERIOR CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO

San Juan de los Morros, veintidós (22) de octubre de dos mil veinticuatro (2024)
214º y 165º

Visto que en fecha veinte (20) de noviembre de dos mil veintitrés (2023), se libró Boleta de notificación Nº 2023-057 dirigida a la ciudadana JULIA CATALINA ALVARADO (Cédula de Identidad Nº V-. 2.232.277), y a su vez se libró comisión mediante oficio Nº 2023-225 al Tribunal de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Francisco de Miranda, Camaguán y San Gerónimo de Guayabal de la Circunscripción Judicial del estado Guárico. Ahora bien, por cuanto el ciudadano LUÍS ALEJANDRO LONGA, en su carácter de Alguacil del Tribunal de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Francisco de Miranda, Camaguán y San Gerónimo de Guayabal de la Circunscripción Judicial del estado Guárico, en fecha tres (03) de octubre de dos mil veinticuatro (2024) mediante consignación expuso “…Dejo Constancia que el día viernes 27-09-2024 me traslade a la población de Camaguán (…) del Estado Guárico, una vez en el sitio en una casa grande de dos planta me entreviste con la ciudadana a notificar la señora Julia Catalina Alvarado quien se identifico con su cedula de identidad Nº V-2.232.277 y le explique el motivo de mi visita, le hice entrega de la boleta a lo cual ella recibió leyó y manifestó que no iba a firmar porque desconoce ese procedimiento. Por el motivo antes expreso consigno boleta de notificación sin firmar…”; razón por la cual, se entiende notificada a la ciudadana JULIA CATALINA ALVARADO (Cédula de Identidad Nº V-. 2.232.277), y en virtud de lo anterior este Juzgado ordena continuar la tramitación del presente asunto, de conformidad con lo establecido en el artículo 57 de la Ley Orgánica de la Jurisdicción Contencioso Administrativa.
La Juez,

Abog. NEYLA C. QUINTANA V.
La Secretaria.


Abog. ROSA V. RIVERA OCHOA.


Exp. JE41-G-2006-000023
NCQV/RVRO/leay