REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SUPERIOR CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO

San Juan de los Morros, veintitrés (23) de septiembre de dos mil veinticuatro (2024)
214º y 165 º

Recibido como ha sido el Expediente distinguido con el Nº: 2020-092 nomenclatura del Juzgado Nacional Segundo Contencioso Administrativo de la región Capital, mediante oficio Nº: JNSCARC-2024-000125, de fecha tres (03) de julio de dos mil veinticuatro (2024), contentivo del Recurso Contencioso Administrativo de Nulidad interpuesto conjuntamente con Amparo Cautelar por la ciudadana ANGELA TERESA BELLO DE PEÑA (Cédula de Identidad Nº 12.840.758), asistida por el abogado Carlos SALOMÓN (INPREABOGADO Nº 257.847), contra el DECRETO Nº 064-2018, FECHADO 26 DE DICIEMBRE DE 2018, publicado en Gaceta Municipal Extraordinaria Nº 8169 de fecha 6 de DICIEMBRE de 2018, ambos emanados de la ALCALDÍA DEL MUNICIPIO JUAN GERMÁN ROSCIO DEL ESTADO BOLIVARIANO DE GUÁRICO. Dicha remisión se efectuó en virtud de la Sentencia dictada por el referido Juzgado en fecha doce (12) de mayo de dos mil veintiuno (2021), la cual declaró: “…1. Que es COMPETENTE para conocer de la apelación interpuesta (...) 2. SIN LUGAR la apelación interpuesta.. 3. Se CONFIRMA la sentencia dictada en fecha 19 de diciembre de 2019, por el Juzgado Superior Contencioso Administrativo de la Circunscripción Judicial del estado Guárico…”. En consecuencia este Órgano Jurisdiccional ordena darle entrada al asunto y registrar su REINGRESO en los libros respectivos con las anotaciones correspondientes. Dicho expediente está conformado por una (01) pieza, constante de setenta y ocho (78) folios útiles.

La Juez,



Abog. NEYLA C. QUINTANA V.
La Secretaria,


Abog. ROSA V. RIVERA OCHOA.

Exp. JP41-G-2019-000020
NCQV/RVRO/leay