REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SUPERIOR CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO
San Juan de los Morros, veintiséis (26) de septiembre de dos mil veinticuatro (2024)
214º y 165º
Visto que en fecha trece (13) de julio de dos mil veintitrés (2023), este Juzgado ADMITÓ la Demanda de Contenido Patrimonial interpuesta conjuntamente con medidas preventivas de embargos y de prohibición de enajenar y gravar, por el abogado René de Jesús RAMOS FERMÍN (INPREABOGADO Nº 157.363), actuando con el carácter de Apoderado Judicial de la empresa estadal AGROGUÁRICO POTENCIA S.A, contra la ciudadana YARITZA MARÍA CAGUARIPANO HERNÁNDEZ (Cédula de Identidad Nº 12.637.351), y por cuanto corresponde la notificación del PROCURADOR GENERAL DEL ESTADO BOLIVARIANO DE GUÁRICO, y la citación de la ciudadana YARITZA MARÍA CAGUARIPANO HERNÁNDEZ, este Órgano Jurisdiccional procede a librar el oficio y boleta respectiva. Líbrese oficio y boleta.
La Juez,
Abog. NEYLA C. QUINTANA V.
La Secretaria.
Abog. ROSA V. RIVERA OCHOA.
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Exp. Nº JP41-G-2023-000060
NCQV/RVRO/dnbg