REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL DÉCIMO TERCERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL, TRÁNSITO, BANCARIO Y MARÍTIMO CON SEDE EN LA CIUDAD DE CARACAS.-
Caracas, 11 de abril de 2025
Años: 214° y 166°
Mediante diligencia de fecha cuatro (4) de abril de 2025, presentada por el abogado Jonathan Chávez Ramos, inscrito en el Inpreabogado bajo el número 306.569, actuando en su carácter de apoderado judicial de la parte actora, identificadas en autos, donde solicitó el pronunciamiento en cuanto a la solicitud de fecha veinte (20) de noviembre de 2024, presentado por la Fiscalía Centésima Tercera.
En fecha veinte (20) de noviembre de 2024, la abogado Silvana De Freitas, Fiscal Provisorio de la Fiscalía Centésima Tercera del Ministerio Público de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, presentó diligencia donde solicitó se determine la competencia de este Tribunal, donde señala criterio jurisprudencial donde se establece que en los casos de interdicción cuando la discapacidad es congénito u originada en la niñez o adolescencia, corresponde su conocimiento a los Tribunales de Protección de niños, niñas y adolescente.
Por otra parte, visto el informe elaborado por el Servicio Nacional de Medicina y Ciencias Forenses (SENAMECF), donde dejan constancia que el ciudadano del que se solicita su interdicción fue evaluado a la edad de cinco (5) años por la Sociedad Venezolana para Niños y Adultos Autistas, diagnosticándole Síndrome Autista en grado moderado; por lo que, este Tribunal atendiendo a las pruebas aportadas al expediente y acogiéndose al criterio jurisprudencial emanado de la Sala Constitucional mediante sentencia N° 289, de fecha 18 de marzo de 2015, se declara de manera sobrevenida incompetente por la materia, para conocer de la presente causa a los Tribunales de Protección del Niño, Niña y Adolescente y se ordena remitir el presente expediente al Juzgado Distribuidor de Protección del Niño, Niña y Adolescente de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas. Es todo.-
EL JUEZ
MARCOS DE ARMAS AQUETA
LA SECRETARIA
MARYORY TORRES TORRES
MDAA/mtt.-
Expediente Nº 2024-001276
Cuaderno Principal Pieza Nº 01
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