REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SUPERIOR CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO

San Juan de los Morros, veintiuno (21) de abril de dos mil veinticinco (2025)
215º y 166º


Vista la diligencia de fecha siete (07) de abril del presente año, presentada por el abogado Manuel Octavio PIÑERO HIDALGO (INPREABOGADO Nº 157.337), en su carácter de co-apoderado judicial de la Procuraduría del Estado Bolivariano de Guárico y de la revisión de las actas que conforman el presente asunto, se evidencia, que no queda ninguna actuación por realizar, por tanto, este Órgano Jurisdiccional, declara TERMINADA la causa y ordena el cierre y archivo del presente expediente, constante de dos (02) pieza, la primera conformada por trescientos cuarenta y cuatro (344) folios útiles más dos (02) cuadernos de antecedentes administrativos.

La Jueza,



Abog. NEYLA C. QUINTANA VENTURA

La Secretaria Temporal,




Abog. DIAMANTE DE LOS A. BARRIOS S.




Exp. JE41-G-2007-000124
NCQV/DDBS/djmr